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á una parte del local que ocupa el Hospicio, porque el de la Escuela ya no era bastante para el número de alumnas que concurrian; pero se desistió de la idea en vista del excesivo costo de la traslacion.

La Escuela tenia un antiguo reglamento; pero adecuado este á sus anteriores necesidades y á su primitiva organizacion, no era ya á propósito en su nuevo régimen. El Sr. Pankhurst expidió otro que llena las exigencias de actualidad y que ha mejorado la organizacion interior. Dicho reglamento empezó á regir el 30 de Junio de 1879.

La Sra. Matilde E. de Alvarez fué la primera directora: en la nueva organizacion, y suprimida la Junta á cuyo cargo estaba la Escuela, el personal de sus empleados es este: un director, una subdirectora, doce profesores y tres vigilantes. La Srita. Luz de la Sierra, que sustituyó á la Sra. Alvarez, es la actual subdirectora.

Los directores han sido los Sres. Roman S. de Lascurain, Manuel de Terreros, Lic. José Eligio Muñoz, y Lic. Eleuterio Ávila, que todavía desempeña ese encargo. Los tres primeros estuvieron poco tiempo al frente de la Escuela, y presentaron su renuncia, fundada en que sus ocupaciones no les permitian dedicarse con la asiduidad necesaria al gobierno de la Escuela.

Si los fundadores de establecimientos benéficos merecen el amor de sus contemporáneos y las bendiciones de la posteridad, no son menos acreedores á ese cariño y á esa veneracion quienes se consagran al cuidado de tales institutos. El Sr. Ávila se halla en este caso: con su reconocido celo, su loable actividad y sus buenas disposiciones, ha llevado á cabo lo que se puede llamar la restauracion y el segundo apogeo de la Escuela.

El local de esta no tenia las condiciones apetecibles de comodidad y extension; algunos departamentos eran de forma irregular y con poca luz; las alumnas, en algunos talleres, estaban agrupadas en un corto espacio, lo que perjudicaba á sus manipulaciones y era rémora para su pronto adelanto; y en algunas clases habia notoria escasez de útiles para la enseñanza. A todo proveyó la exquisita solicitud del Sr. Ávila. Por su iniciativa el local se ensanchó, construyendo nuevos departamentos, entre los que se cuentan dos espaciosos y elegantes salones, uno de los cuales sirve de estudio de dibujo, y el otro de comedor. El edificio

todo se pintó y compuso, y su anterior aspecto triste y sombrío se ha cambiado en risueño y agradable.

Tambien por iniciativa del Sr. Ávila, los Sres. General Diaz y Ministro Berriozábal concedieron que se estableciera la clase de Música y Canto en Junio del año pasado (1880). A ella concurren las alumnas más aprovechadas en las otras clases, siendo como un premio concedido á su aplicacion su admision en la enseñanza del bello arte.

No solo á estas mejoras se han reducido los bienes que el Director ha hecho á la Escuela. Viendo que algunas alumnas, por vivir lejos, no asistian con puntualidad á la hora de reglamento, dispuso que en la Escuela se les diera desayuno. Con esta benéfica disposicion, á la vez que se ha conseguido la puntual asistencia, se ha favorecido á las alumnas pobres: 70 de estas son las que reciben actualmente ese alimento matutino.

Viendo el director que era de justicia premiar los afanes de las educandas laboriosas, dispuso abrir un despacho donde se contratara con el público que quisiese mandar hacer obras de los ramos que en la Escuela se cursan, y que á la vez sirviera de expendio de los artefactos que construyen las alumnas. Dicho expendio ha dado ya regulares productos, que se destinan en su mayor parte á pagar á aquellas la mano de obra. De este modo tienen un grato aliciente, y la dulce satisfaccion que les produce recibir el fruto de su trabajo.

Hay, pues, bastante motivo para elogiar al actual Director Sr. Ávila: hombres como él son queridos y admirados en todas partes, por el bien que hacen á la sociedad.

Es justo decir que tambien la Subdirectora, Srita. Luz de la Sierra, es acreedora á la estimacion pública, por su excesivo celo en el desempeño de su encargo, por la finura y cariño con que trata á las alumnas, y por el buen órden y moralidad que mantiene en el Establecimiento. Con razon las educandas todas le profesan alta estimacion y cariñosa gratitud.

Hay inscritas en la actualidad (Julio, 1881) 210 alumnas. Las clases que cursan, y los profesores que las dan, son los siguientes: Dibujo y pintura, Sr. Manuel Sanchez. Ayudante, Srita. Juana Carrillo.-Música, Sr. José C. Camacho.-Piano, Sra. Concepcion Orellana de Alvear.-Canto, Srita. Emilia Villa García.-Flores

artificiales, Sra. Teresa Palomino de Hernandez. — Escritura, Srita. Domitila Castellanos.-Aritmética y Teneduría de libros, Srita. Lucía Tagle. Ayudantes, Sritas. Concepcion Sanchez y Luisa Novoa.-Costura, Sra. Concepcion Orellana. Ayudante, Srita. Isabel Barona.-Bordado, Srita. Cecilia Mellet. Ayudante, Srita. Teresa Ugarte.-Encuadernacion, Sr. Juan B. Mancera.-Tipografía, Sr. Luis G. Rubin.-Tapicería, Sr. Genaro Isita. -Pasamanería, Sr. Lúcas Martinez.-Doraduría, Sr. Bernabé Gomez.

Hay además tres señoritas vigilantes que recorren constantemente las clases para cuidar del órden, el cual, en obsequio de la verdad, no se altera jamas en su ausencia.

Como se ve, trece son los ramos de enseñanza; y se notará que se han suprimido algunas de las clases primitivas, y se han establecido otras nuevas. Entre las suprimidas se cuentan la de grabado, las de zapatería, fotografía, relojería, gramática, etc. Es lástima que á estas tres últimas les haya tocado la proscripcion, porque dos de ellas son sin duda adecuadas á las aptitudes de la mujer, sirviéndole la gramática para ilustrar su inteligencia en muchas materias que son aplicables á las artes. Razones de economía y de organizacion interior fueron tal vez la causa de esa supresion.

Los gastos de la Escuela en su primera época ascendian á más de veinte mil pesos anuales: al dotarla la ley de presupuestos, esa cantidad disminuyó considerablemente, concediéndole solo siete mil y tantos; subió luego á $11,500, y en la actualidad es, como antes se ha dicho, de $17,020.

El Gobierno ha obrado con munificencia al ir aumentando la subvencion, y la Escuela lo merece, porque es honra del país, y el puerto á que se acoge la mujer que quiere librarse de los horrores de la miseria y labrarse un risueño porvenir.

La Escuela ha correspondido bien á la proteccion oficial: sus exámenes en estos tres últimos años han estado lucidos, presentando las alumnas trabajos que han dejado satisfechos á los inteligentes.

A fines del año de 1879 se repartieron premios á las alumnas que los merecieron. El acto tuvo lugar en el teatro del Conservatorio, con toda la solemnidad y lucimiento propios de su ob

jeto. Desde esa vez quedó establecido que igual reparticion se haria cada dos años.

La Escuela de Artes y Oficios para mujeres es altamente benéfica para la sociedad; timbre de gloria para su fundador y sus sostenedores, y ornato para la historia de nuestra patria, la que dará á conocer en el Extranjero el adelanto social de México, y que en la época á que ha llegado procura por todos los medios civilizadores conseguir uno de los más loables deseos de las sociedades modernas: el mejoramiento de la condicion de la mujer por medio de la instruccion y el trabajo.

XXV

Salas de asilo para niños.

Otro de los beneficios otorgado á las clases menesterosas por el gobierno del Sr. Juarez, fué el establecimiento de tres Salas de asilo, en que las mujeres obreras que no tienen familia á quien confiar sin zozobra á sus pequeños hijos, pudieran depositarlos mientras ellas se dedicaban al trabajo, con la seguridad de que eran atendidos tanto en la educacion física como en la moral.

El reglamento para dichas salas fué expedido en 28 de Julio de 1871 por la Secretaría de Gobernacion, que las tuvo á su cargo hasta el dia 6 de Marzo de 1872 que se confiaron al Ayuntamiento de México por haberlo este solicitado así, consignando á la vez dos loterías para que con el 15 por 100 de su fondo, se sostuvie ran dichos asilos.

Para que el público se forme exacta idea de lo que fueron esas Salas de Asilo, insertamos á continuacion las disposiciones que para reglamentarlas dictó el Sr. Castillo Velasco, que era entonces Ministro de Gobernacion:

12 Quedan abiertas las Salas de Asilo en los puntos que se designarán adelante.

2a Solo podrán ser recibidos en las Salas de Asilo los niños que puedan ya hablar y cuya edad no exceda de cinco años.

3a Para que puedan ser admitidos los niños en estas Salas, las madres que necesiten de este auxilio presentarán á las Directo

ras de dichas Salas certificacion del dueño del taller en que trabajan ó de la persona en cuya casa tengan ocupacion, expresando la clase de trabajo que desempeñan, el jornal que reciben y las horas del dia que están ocupadas. Estas certificaciones serán mandadas reconocer en el dia por las Directoras, sin perjuicio de recibir al niño, y darán parte al Gobernador del Distrito siempre que hallaren alguna falsedad, para que se imponga la pena correspondiente á quien la cometa.

4a En ninguna de las salas podrá haber más de 80 niños.

5 Las horas para recibir niños diariamente en las salas, serán de las seis á las diez de la mañana.

6a Cada una de estas Salas estará bajo la direccion y cuidado de una señora nombrada por la Secretaría de Gobernacion, y será auxiliada en el desempeño de sus funciones por tres mujeres que dependerán de ella.

7a A los niños que se reciban dentro de las horas indicadas, se les proporcionará un desayuno; y de las nueve á las doce, la Directora y las auxiliares cuidarán de distraer á los niños útilmente, con la enseñanza de la lectura y conocimiento de los números por medio de estampas y juegos á propósito, para que al divertir á los niños, se logre inspirarles, así los conocimientos elementales referidos, como los instintos de moralidad y órden.

8a A las doce se les servirán algunos alimentos sanos y sencillos, y desde esa hora hasta aquella en que serán recogidos por sus madres ó deudos, se procurará dar á los niños otra distraccion, eligiendo tal clase de juegos, que favorezcan el desarrollo físico.

9a Se prohibe de una manera absoluta que, bajo motivo ni pretexto alguno, se les imponga á estos niños castigos de alguna especie, ni mucho menos corporal. La infraccion en este respecto, será castigada con todo rigor no solo con la destitucion, sino tambien con la pena gubernativa á que haya lugar.

10a A las madres ó deudos de los niños se les exigirá que los presenten en las Salas con el mayor aseo posible.

11a Los niños que excedan de la edad de cinco años hasta la de siete, podrán recibir en las Salas de Asilo desayuno y comida, siempre que presenten una certificacion del director de cualquiera escuela municipal de que concurren á ella diariamente, y otra

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