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la sesion del 18, presentó el dictámen en la del 21, y aunque la crisis que habia motivado la anterior resolucion, habia en cierto modo desaparecido, el mensaje fué aprobado nominalmente en la sesion del 22, por 121 contra 6.

Los negocios de la guerra ocupaban siempre al Congreso del modo que hemos visto; las circunstancias de entonces habian convertido en vivísima ansiedad, lo que en otras ocasiones era simple celo por la causa pública. En la sesion del 24 con motivo de una esposicion de la diputacion provincial de Valencia sobre el miserable estado del pais, se hizo una proposicion para que se presentasen en aquella sesion todos los ministros de la corona, á fin de que manifestasen el estado en que se hallaba la nacion, y los peligros que amenazaban á la libertad y á los patriotas comprometidos en su defensa. Esta proposicion se aprobó en la misma, con la variacion de que en lugar de presentarse en aquella sesion, lo hiciesen en el término mas breve que posible fuese.

A nadie interesaba mas que al ministerio entrar cuanto mas antes en esplicaciones francas sobre el estado de los negocios públicos. Asi lo habia dicho el secretario de la Guerra en la sesion del 21; mas convencido de lo peligroso que seria hablar de ciertos asuntos en sesion pública, la pidió sccreta. Concedida que le fué, puso en su seno de patente el estado de las cosas Dijo lo que habia habido, lo que habia; habló del presente y del futuro. Respondió á todas las preguntas; deshizo todos los cargos; disipó completamente cuantas desconfianzas podia inspirar un ministerio nuevo en aquellas circunstancias. Los diputados quedaron satisfechos.

En la sesion del 9 de seticmbre dió pormenores el ministro de la Guerra sobre los movimientos de Zariátegui que acababa de pasar el Ebro. Sobre esto y la situacion de los demas ejércitos, dijo lo que sabia el gobierno, añadiendo, que aquella situacion no era obra de los ministros actuales que se encontraban en circunstancias hazarosas. Y habiéndose preguntado por algunos si el ministerio trataba de presentar luego á las Córtes peticiones de hombres y recursos, respondió que lo habia hecho efectivamente el dia anterior para que se aumentase la Milicia Nacio

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nal estableciendo en cada provincia un batallon mas, con otras medidas que el estado de las cosas hacian necesarias.

La conducta del gobierno cuando la invasion ó aproximacion del pretediente, no pudo dejar á las Córtes duda de su celo activo, y del interés con que atendió á cuanto pudiese aumentar la fuerza física y moral en situacion tan crítica. Sus actos en aquel lance fueron públicos y otorios, como de hombres altamente comprometidos en el éxito final de aquella lucha.

En la sesion del 18 habló el ministro de la Guerra de la entrada de Zariátegui en Valladolid, sobre la que se le pidieron esplicaciones y le hicieron cargos. El ministro respondió que en el estado á que habia llegado la guerra, era para el gobierno imposible cubrir al mismo tiempo todas las provincias; y en la necesidad perentoria de atender á la defensa de la capital como punto culminante, habia hecho sacrificar en cierto modo al objeto principal otros secundarios : que la plaza de Valladolid no se hallaba por otra parte tan desprovista de fuerzas, que no hubiese podido hacer alguna resistencia. Las Córtes se dieron, á lo menos al parecer, por satisfechas.

Mas á pesar de estas esplicaciones y esta conducta, estaban contados los dias de aquel ministerio, cuya composicion no era homogénea, y se resentia de la premura con que se habia organizado. El ministro de Hacienda lo habia sido de la Gobernacion en el ministerio Calatrava, y separado del puesto por haber incurrido en el desagrado de sus colegas. Siendo ya ministro de Hacienda, se hizo en las Córtes una proposicion de acusacion por actos cometidos cuando se hallaba en la primer categoría; y aunque este paso no produjo resultadƒ alguno, hacia demasiado ver que no se habian apagado los resentimientos.

A las cosas de Hacienda se dirigieron pues los tiros como á punto mas vulnerable, segun lo habia sido en todas ocasiones. El ministro del ramo, que acababa de salir, habia sido blanco de cargos, de acusaciones, de diatribas, tanto dentro como fuera del Congreso.

Con fecha 2 de setiembre se habia espedido una órden para que no se pagase por las dependencias de Hacienda letra, libran

za, pagaré ú otra órden equivalente, espedida con anterioridad al 18 de agosto próximo pasado, sino en virtud de órden real posterior á dicha fecha.

La real órden contenia ademas otras disposiciones, siendo una de ellas que los intendentes entregasen á los ministros de la hacienda militar cuanto dinero existiese en las tesorerías, con libranzas que les presentasen con fecha posterior al 18 de agosto, y que en caso de que no bastasen, echasen mano de cuantos recursos y arbitrios les sujiriese su patriotismo, etc.

Era claro que los abusos precisos en que se veia el gobierno para subvenir á los gastos de la guerra aumentados con tantos movimientos en que estaban empeñados nuestras tropas, habian dado lugar á dicha providencia. Mas por su importancia, y trascedencia que podia tener, llamó la atencion del Congreso y nombró una comision á fin de que entendiese en el asunto.

En la sesion del 18 de setiembre presentó esta su dictámen reducido á que las Córtes elevasen á S. M. un respetuoso mensage á fin de que le revocase la real órden. Mas esta se hallaba virtualmente revocada por otra del 17 del mismo mes, en que se mandaba que el artículo primero quedase sin efecto desde el mismo dia 2 del próximo mes de octubre.

En la sesion del 21, la comision dijo, que en virtud de esta real órden publicada en la Gaceta, era ya inútil el mensage que indicaba en su dictámen, por lo cual quedaba retirado. Algunas palabras ágrias mediaron entre el ministro de Hacienda y la comision, sobre la inteligencia que debia darse á la real órden del 17; mas habiendo este asegurado que verdaderamente estaba revocado en ella el artículo 1.° de la del 2, volvió á decir la comision que retiraba su dictámen.

En seguida se leyó la proposicion siguiente firmada por el Sr. Vazquez Parga, que habia presentado algunos dias antes en la mesa: Pido á las Córtes se sirvan declarar que D. Pio Pita Pizarro ministro de Hacienda, no merece la confianza del Congreso..

Habiéndose declarado comprendida esta proposicion en el artículo 100 del reglamento, fué puesta inmediatamente á

discusion, y desechada en volacion nominal por 58 contra 55. Acto continuo, hizo el Sr. Garcia Blanco esta oira: Pido á las Córtes que el dictámen retirado de la comision de Hacienda, pase á una comision especial juntamente con la real órden que la motivó y la revocatoria del 17 del actual, para que informe si ha habido abusos constitucionales, injustos y atentatorios de la propiedad y buena fé pública, ó no.

La proposicion fué aprobada, y se nombró la comision que proponia el Sr. Blanco. Su dictámen fué leido en la sesion del 22. La conclusion era que las Córtes debian hacer la declaracion siguiente.

La real órden del 2 de setiembre es en efecto inconstitucional, y atentatoria de la propiedad y buena fé pública, como la calificó la comision de Hacienda en su dictámen del 18 del corriente.»

La discusion de este dictámen que comenzó el 27 de setiembre, no podia menos de ser acalorada. Que la órden del 2 era muy objecionable en el terreno de la ley, no podia ser cuestion para ningun hombre de sentido regular. Eran bastantes los apuros en que se hallaba el erario, para saltar sobre este inconveniente. Habiéndose revocado dicha órden, ¿podia ser todavia objeto de censura? ¿Se necesitaba autorizacion de las Córtes no tratándose de aumento de contribuciones? Hé aquí el terreno en que se defendió el ministro de Hacienda con bastante habilidad. Mas con esta cuestion se mezclaron otras: en ausilio de una acusacion, vinieron nuevos cargos. En 29 del mismo mes, se cerró el debate, y habiéndose llegado á votar, fué aprobado nominalmente por 84 contra 27 el dictámen de la comision.

Con este voto de censura, poco tenia que titubear el ministerio sobre su ulterior conducta. Se trató en el consejo por algunos de disolver las Córtes; mas la mayoría hizo ver que este paso seria muy antipolítico en aquellas circunstancias. El ministro de la Guerra habia dicho en el Congreso en la sesion del 19 de agosto, que seria objeto de su mayor respeto la ley, en virtud de la cual, debian estar aquellas Córtes reunidas, hasta que la próximas se inaugurasen.

En 1. de octubre se espidió un real decreto admitiendo la dimision que habian hecho de sus cargos respectivos los ministros de Guerra (igualmente interino de Marina) Gobernacion y Gracia y Justicia, nombrándose para el ministerio de Marina al general D. Francisco Ulloa; para el de Guerra al general D. Ignacio Balanzat; para Gracia y Justicia á D. Juan Antonio Cartejon, y para el de la Gobernacion de la Benínsula á D. Rafael Perez, gefe político entonces de la provincia de Madrid.

En real decreto aparte y en los mismos términos, se admitió la dimision del ministro de Hacienda; nombrándose para reemplazarle á D. José María Perez, en clase de interino.

El ministro de Estado habia permanecido en su puesto para formar el nuevo ministerio de que fué nombrado presidente. La administracion sufrió algunas modificaciones; habiendo entrado en Guerra el general D. Francisco Ramonet, en vez de Balanzat; en Gracia y Justicia D. Pablo Mata Vigil, en lugar de D. Juan Antonio Cartejon; y nombrándose para el de Hacienda á Don Antonio Seijas.

Tambien estaban contados los dias de las Córtes, convocadas como se hallaban las próximas, para el 19 de noviembre. Para concluir rápidamente con cuanto las concierne, haremos mencion de sus principales decretos desde mediados de agosto, hasta el fin de la legislatura.

Se estaban entonces las Córtes ocupando en un trabajo de grandísima importancia, cuya discusion duró aquel mes de agosto, el de setiembre y parte del de octubre; queremos hablar del arreglo del clero, en la parte económica y administrativa. Sus disposiciones eran muchas, y por lo delicado de algunas dieron lugar á largos y entendidos debates, en que lucieron su saber los eclesiásticos ilustrados que figuraban en aquel Congreso. Por el plan se daba nueva circunscripcion á las diócesis y á las parroquias; se hacian las adiciones y supresiones que el trascurso de los tiempos presentaba como necesarias, alcanzando las reformas á las personas, lo mismo que á las cosas. Se establecian los sueldos yemolumentos; y hasta los últimos confines adonde podia llegar la mano del legislador, estendie

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