Imágenes de páginas
PDF
EPUB

1494

16 de Agost.

Núm. LXXIX.

Carta de los Reyes contestando á las que el Almirante les envió con Torres: le manifiestan mucho placer por el buen éxito de sus descubrimientos: le piden noticias de aquellas islas, sus distancias, poblacion, clima, producciones &c.: le envian la capitulacion con Portugal, encargándole venga si puede para la demarcacion, y si no envie á su hermano ó á otro bien instruido para ello. (Orig. en el Arch. del Duque de Veraguas y Reg. en el de Ind. en Sevilla.)

1

El Rey é la Reina: D. Cristóbal Colon, Almirante mayor de las islas de las Indias: Vimos vuestras letras é memoriales que nos enviastes con Torres, y habemos habido mucho placer de sa,y ber todo lo que por ellas nos escribistes, y damos muchas gracias á nuestro Señor por todo ello, porque esperamos que con su ayuda este negocio vuestro será causa que nuestra Santa Fe Católica será mucho mas acrecentada: y una de las principales cosas porque esto nos ha placido tanto es por ser inventada, principiada é habida por vuestra mano, trabajo é industria, y parecenos que todo lo que al principio nos dijistes que se podria alcanzar, por la mayor parte todo ha salido cierto, como si lo hobierades visto antes que nos lo dijesedes. Esperanza tenemos en Dios que en lo que queda por saber así se continuará, de que por ello vos quedamos en mucho cargo para vos facer mercedes; por manera, que vos seais muy bien contento: y visto todo lo que nos escribistes como quiera que asaz largamente decis todas las cosas de que es mucho gozo y alegría leerlas; pero algo mas querriamos que nos escribiesedes ansí en que sepamos cuantas islas fasta aquí se han fallado, y á las que habeis puesto nombres, qué nombre á cada una. Porque aunque nombrais algunas en vuestras Cartas no son todas, y á las otras los nombres que les llaman los indios, y cuanto hay de una á otra, y todo lo que habeis fallado en cada una dellas, y lo que dicen que hay en ellas; y en lo que se ha enviado despues que allá fuistes, que se ha habido, pues ya es pasado el tiempo que todas las cosas sembradas se han de coger, y principalmente deseamos saber todos los tiempos del año qué tales son allá en cada mes por sí. Porque á Nos parece que en lo que decis que hay allá mucha diferencia en los tiempos á los de acá, algunos quieren decir si en un año hay allá dos inviernos y

dos veranos. Todo nos lo escrebid por nuestro servicio, y enviadnos todos los mas halcones que de allá se pudieren enviar, y de todas las aves que allá hay y se pudieren haber, porque queriamoslas ver todas. Y cuanto á las cosas que nos enviastes por un memorial que se proveyesen y enviasen de acá, todas las mandamos proveer, como del dicho Torres sabreis y vereis por lo que él lleva Querriamos, si os parece, que así para saber de vos y de toda la gente que allá está, como para que cada dia pudiésedes ser proveidos de lo que fuese menester, que cada mes viniese una carabela de allá y de acá fuese otra, pues que las cosas de Portugal estan asentadas, y los navíos podrán ir y venir seguramente; vedlo y sios pareciere que se debe hacer, hacedlo vos y escribidnos la manera que os pareciere que se debe enviar de acá, y en lo que toca á la forma que allá debeis tener con la gente que allá teneis, bien nos parece lo que hasta agora habeis principiado, y así lo debeis continuar dándoles el mas contentamiento que ser pueda; pero no dándoles lugar que excedan en cosa alguna en las cosas que debieren hacer é vos les mandáredes de nuestra parte; y cuanto á la poblacion que hicistes, en aquello no hay quien pueda dar regla cierta ni enmendar cosa alguna desde acá, porque allá estariamos presentes y tomariamos vuestro consejo é parecer en ello, cuanto mas en ausencia; por eso á vos lo remitimos. A todas las otras cosas contenidas en el memorial que trajo el dicho Torres, en las márgenes dél va respondido lo que convino que vos supiésedes la respuesta, á aquello vos remitimos; y cuanto á las cosas con Portugal acá se tomó cierto asiento con sus Embajadores, que nos parecia que era mas sin inconvenientes, y porque dello seais bien informado largamente, vos enviamos el treslado de los capítulos que sobre ello se ficieron, y por eso aquí no conviene alargar en ello, sino que mandamos y encargamos que aquello guardeis enteramente, é fagais que por todos sea guardado así como en los capítulos se contiene, y en lo de la raya ó límite que se ha de hacer, porque nos parece cosa muy dificultosa y de mucho saber y confianza, querriamos si ser pudiese que vos os hallasedes en ello, y la hiciesedes con los otros que por parte del Rey de Portugal en ello han de entender, y si hay mucha dificultad en vuestra ida á esto ó podria traer algun inconveniente en lo que ende estais, ved si vuestro hermano ó otro alguno teneis ende que lo sepa, é informadlos muy bien por escripto, y por palabra y aun por pintura, y por todas las maneras que mejor pudieren ser

[ocr errors]

I Véase este Memorial con las resoluciones de los Reyes Católicos en el tomo 1,9, pág. 225 de esta Coleccion.

1494 16 de Agost.

informados, é inviadnoslos acá luego con las primeras carabelas que vinieren, porque con ellos enviaremos otros de acá para el tiempo que está asentado; y quier hayais vos de ir á esto 6 no, escribidnos muy largamente todo lo que en esto supiéredes y á vos pareciere que se debe hacer para nuestra informacion y para que en todo se provea como cumple á nuestro servicio; y faced de manera que vuestras cartas y las que habeis de enviar vengan presto, porque puedan volver adonde se ha de hacer la raya antes que se cumpla el tiempo que tenemos asentado con el Rey de Portugal, como vereis por la capitulacion. De Segovia á diez y seis de Agosto de noventa y cuatro años. = YO EL REY. YO LA REINA. Por mandado del Rey é de la Reina Fernand Alvarez.

Núm. LXXX.

Real Provision mandando á los que residen en las Indias obedecer al Almirante D. Cristóbal Colon en cuanto ordenare como Virey y Gobernador de ellas. (Orig. en el Arch. del Duque de Veraguas, y en Sello de Corte de Simancas.)

D. Fernando é Doña Isabel, por la gracia de Dios, Rey e Reina de Castilla &c. A vos los Caballeros, Escuderos é Oficiales é Homes-Buenos, é otras cualesquier personas de cualquier 'estado ó condicion que sois, que por nuestro mandado fuisteis é estais é estuviéredeis de aquí adelante en las islas por nuestro mandado descubiertas é por descubrir en el mar Océano, en la parte de las Indias, é á cada uno é cualquier de vos, salud é gracia: Bien sabeis como D. Cristóbal Colon, nuestro Almirante de las dichas islas del dicho mar Océano es nuestro Visorey é Gobernador dellas, por virtud de nuestras Cartas de poderes que para ello le mandamos dar é dimos. E porque nuestra merced é voluntad es quel dicho Almirante tenga dicho cargo de nuestro Visorey é Gobernador, é que lo use é ejercite en las dichas islas, é que todos hagais é cumplais todo lo quél de nuestra parte mandare é entendiere ser cumplidero á nuestro servicio, Nos vos mandamos á todos é á cada uno de vos que así lo cumplais y ejecuteis, é que todos vos conformeis con él, é fagades é cumplades todo lo quél de nues tra parte vos mandare como si Nos en persona vos lo mandasemos, so las penas que vos pusiere é mandare poner de nuestra parte, las cuales por la presente vos ponemos é habemos por puestas, é para las ejecutar en los que lo contrario hiciéredes,

el

damos poder cumplido al dicho Almirante D. Cristóbal Colon, ó á quien su poder hobiere: é los unos ni los otros non fagades ni fagan ende al por alguna manera, só pena de la nuestra merced é de diez mil maravedis para la nuestra Cámara, á cada uno de los que lo contrario ficiéredes. Dada en la Ciudad de Segovia á diez y seis dias del mes de Agosto, año del Nacimiento de nuestro Señor Jesucristo de mil cuatrocientos noventa y cuatro años. YO EL REY. YO LA REINA. Yo Fernand Alvarez de Toledo, Secretario del Rey é de la Reina nuestros Señores, la fice escribir por su mandado. Está sellada y registrada.

Núm. LXXXI.

Carta escrita á los Reyes por Sebastian de Olano manifestando que lejos de haberle prohibido el Almirante que diese mercaderías y recibiese el oro y otras cosas en ausencia de los Contadores mayores, le habia mandado lo contrario con arreglo á las órdenes de SS. AA. (Orig. en el Arch. del Duque de Veraguas.)

Serenísimos é muy altos é muy poderosos Príncipes el Rey é la Reina nuestros Señores: El Almirante me rogó, porque vuestras Altezas fuesen muy enteramente sabidores de la verdad de las cosas de acá, que yo le escribiese si era verdad que él me haya defendido que en el dar de todas las mercaderías y en recibir del oro y otras cualesquier cosas, que yo las diese ó recibiese en ausencia del Teniente de los Contadores mayores, y porque es verdad que él no me lo defendió, ni yo he dado ni recebido cosa alguna fasta esta hora presente sin que haya seido en presencia del dicho Teniente, o de la persona que él en su nombre mandaba; mas antes el dicho Almirante me mandó que no diese ni recibiese salvo por ante el dicho Teniente, porque lo pudiese asentar en sus libros, ni tampoco jamas á mi me ha empedido que yo no usase muy enteramente de mi oficio, así é por la guisa que vuestras Altezas lo mandan; mas antes me ha siempre dado favor á ello y así es la verdad, y así lo escribo á vuestras Altezas, cuya vida é muy alto estado guarde é acreciente la Santa Trenidad. Fecha en la Cibdad Isabela á catorce dias del mes de Febrero de mil é cuatrocientos é noventa é cinco años.

De vuestras Altezas muy homil siervo que sus Reales pies é manos besa Sebastian de Olano.=(Está firmado.)

[ocr errors]
[blocks in formation]
[blocks in formation]

Núm. LXXXII.

Cédula previniendo á' D. Juan de Fonseca que envie pronto cuatro carabelas á las Indias y cobre dos millones de maravedis que se le libran para su apresto: que queriendo algunos ir á morar en aquellas partes, y otros á descubrir nuevas tierras, le envian una Real provision sobre ello. (Reg. en el Arch. de Ind. en Sevilla.)

El Rey é la Reina: Reverendo in Cristo padre Obispo, del nuestro Consejo: ya sabeis lo que vos habemos escrito tocante á las carabelas que han de ir á las Indias, especialmente que toviésedes presto lo que es menester proveer para despachar cuatro carabelas que luego partan, y vos nos escribistes que todo lo terniades presto para que se pudiese haber y cargar luego como vos enviasemos el dinero que para ello fuese menester. Ya habreis allá visto carta del Obispo de Avila que escribió á los Inquisidores de ese Arzobispado de Sevilla, que vos diesen dos cuentos de maravedis, y agora les torna á escribir que si no los han dado que luego vos les den, como vereis por su carta que aquí vos enviamos. Por ende Nos vos mandamos que si no habeis recibido los dichos dos cuentos de maravedis que luego los recibais y dedes priesa en comprar y aderezar todo lo que es menester para el despacho de las dicha cuatro carabelas, segun se contiene en un memorial dello que aquí vos enviamos, señalado de nuestros Contadores mayores y del Doctor Talavera y de Fernand Alvarez de Toledo, nuestro Secretario. Y por cuanto Juanoto Berardi. se ha ofrecido que dará carabelas á cierto precio como vereis por el asiento que con él se tomó que aquí vos enviamos, él ha de dar las dichas cuatro carabelas, y para ello le habeis de dar seiscientos mil; y dad mucha priesa en el despacho de las dichas cuatro carabelas; de manera que partan luego, pues, como sabeis, los que estan en las dichas Indias tienen necesidad de mantenimientos, y si se tardase podrán recibir daño y aun peligro. En estas carabelas han de ir la persona que vos enviaredes allá, segund por otra letra vos escribimos en tanto que va Diego Carrillo que ha de ir luego con otras carabelas; y porque algunos nos han dicho que habrá personas que quieran ir á morar á las Indias si se les da mantenimiento para un año, y asimismo que otros irán á descobrir si se les face parte de lo que descubrieren: Nos

« AnteriorContinuar »