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207

REYES DE ARAGON.

JAIME I.

(1229, en tres veces distintas, á 1276)

PEDRO, INFANTE DE PORTUGAL.

(1231, en dos veces, á 1256.)

Decidida por Don Jaime I la conquista de Mallorca, y obtenido el asentimiento de las Córtes del reino para la empresa, reunióse un ejército considerable, que al mando supremo del mismo rey y con la concurrencia de los mas ilustres caballeros de sus estados, se embarcó en el puerto de Salou en setiembre de 1229. Despues de varios reñidos encuentros, y de algunas negociaciones sin resultado, se dió el asalto de la capital el 31 de diciembre de dicho año, quedando completamente ocupada por los cristianos. En 1231 cambió Don Jaime I, con el infante Don Pedro de Portugal, viudo de Aurembiax, condesa de Urgel, el señorío de Mallorca por aquel condado, que Don Pedro habia heredado de su mujer, pero en 1244 recobró Don Jaime la isla, dando al príncipe portugués cuantiosas indemnizaciones en el reino de Valencia. En 1254 vuelve á verse á Don Pedro de Portugal gestionando como señor de Mallorca, en donde murió en 1256, entrando de nuevo Don Jaime I á disfrutar del pleno dominio de su conquista, y poseyéndola sin interrupcion hasta su fallecimiento en 1276.

No se conocen monedas mallorquinas de Don Jaime I ni de Don Pedro de Portugal, á pesar de los permisos dados por aquel á distintos sugetos para acuñar en la isla miliarenses y duplices et marmutinas (1), y de los

(1) Documentos justificativos.

1

documentos citados por D. Joaquin María Bover, en su Historia de la casa real de Mallorca (1), que parecen indicar haber habido por parte de Don Pedro, cuando menos, intencion de acuñarlas.

En aquella época circularon en Mallorca las monedas árabes y extranjeras, muy particularmente las valencianas, las cuales dispuso Don Jaime I en su privilegio de 8 de mayo de 1247 (2), que quedarán de uso exclusivo en las tres islas.

(1) Bover: Historia de la casa rcal de Mallorca (Palma, 1855), pág. 30, nota 2. Véanse nuestros documentos justificativos.

(2) Bover: Casa real, pág. 232, nota 1.

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Aun cuando Don Jaime II habia sido jurado y reconocido como rey de Mallorca en las córtes de Barcelona de 26 de mayo de 1251, no obstante no tomó posesion de sus estados hasta el fallecimiento de su padre en 1276. La desmesurada ambicion de su hermano Don Pedro de Aragon fué causa inmediata de graves disgustos entre ambos monarcas, y temeroso Don Jaime de que las exigencias de aquel tomaran creces con el tiempo, celebró con él un tratado, en virtud del cual pasó Mallorca á ser feudataria de Aragon (19 de enero de 1278). Habiéndose aliado Don Jaime II con el rey de Francia y el papa, quienes se preparaban á invadir con poderoso ejército el territorio catalan, se promovieron de nuevo sérios altercados entre ambos príncipes, mas en los momentos en que Don Pedro se disponia á tomar venganza, arrebatando el reino de Mallorca á su hermano, vióse acometido de súbita dolencia, que acabó con él en breves dias, no sin haber antes encargado á su primogénito Don Alfonso que emprendiera la conquista de la naciente monarquía balear. Cumplió Don Alfonso con el deseo paterno: organizó su espedicion, y pasó á Mallorca, cuya capital se rindió al instante. Mientras que Don Jaime II procuraba desquitarse invadiendo el territorio catalan del dominio de su sobrino, llevaba este á efecto denodadamente la conquista de Menorca sobre los moros feudatarios de Mallorca. Puso término á estos incidentes la paz acordada en principio en 1291. Muerto el mismo año el rey de Aragon, y sucedídole en la corona su hermano Don Jaime II (el Justo) continuó las negociaciones empezadas, llegando á concluirse el tratado por la elevada mediacion del Sumo Pontífice. Aceptó Don Jaime II todas las condiciones que se le impusieron, y reconoció recibir en feudo de honor del monarca aragonés las islas de Mallorca, Menorca é Ibiza, los condados de Rosellon, Cerdaña, Conflent, Vallespir y Colibre, y los vizcondados de Omelades y Carlades; solo entonces devolvió Don Jaime de Aragon todo lo que su antecesor habia usurpado al de Mallorca (29 de junio de 1298). Despues de haber empleado Don Jaime II sus últimos años en promover activamente la repoblacion de la isla y su organizacion administrativa, falleció en 28 de mayo de 1311, á los cincuenta y cinco años de su reinado y á los setenta y uno de edad.

Estuvo casado con Esclaramunda de Foix, en quien tuvo á Jaime, religioso menor, Sancho, que le sucedió en la corona; Fernando, príncipe de Clarencia; Isabel, esposa de Don Juan Manuel de Castilla, y Sancha, mujer de Roberto de Nápoles.

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1. IACOBVS

DE GRA: REX MAIORICARVM, El rey
de frente sentado en su trono, con corona y manto,
cetro en la derecha y globo crucifero en la izquierda;
en el área, al lado del cetro, una estrella; todo den-
tro de círculo de puntos y orla de semicírculos.
Rev. CO ROSIL ET CERITANIE DNS: MON-
TISP. Cruz patriarcal ó de dos brazos desiguales, den-
tro de círculo de puntos y orla de semicirculos ador-
nada interiormente con seis rosas; el pié de la cruz
atraviesa la orla y la leyenda hasta llegar al borde
de la moneda. Real de oro.

*

(Museo Imperial del Ermitage, San Petersburgo.) Lám 103. 2. IACOB DEI GRA REXMAIORICAR Busto coronado de frente, dentro de círculo y orla de semicírculos; una rosa á cada lado del busto.

Rev. COMES ROSIL ET CERITANIE:. Cruz lar-
ga dentro de círculo y orla iguales á los del anverso;
una rosa en cada hueco de los ángulos de la cruz,
cuyo pié atraviesa el círculo, orla y leyenda hasta
llegar al borde de la moneda. Real doble de plata;
pesa 365 centigramos.

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(Conde de Ayamans, Palma: Álvaro Campaner, Barcelona.) Lám. 103. 2bis IA DEI GRA REX MAIORICAR. Busto y demas como en el núm. 2.

Rev. Igual al del núm. 2.- Una ligera variante de es-
tos dos números dice ROSSIL en lugar de ROSIL.
Real doble de plata; pesa 375 centigramos.

( A. H., Ayamans, Palma: Vidal, Pedrals, Campaner, Barcelona.) 3. REX MAIORICARVM. Busto como en los dos números

precedentes.

Pesetas.

500

50

30

*

Rev. IACOBVS DEI GRA. Cruz larga como en
los reversos ya descritos. Real sencillo; pesa 189 cen-
tigramos.

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(A. H., Ayamans, Palma: Campaner, Barcelona. ) Lám. 103. 4. Variante sin las rosas á los lados del busto. Real sen

cillo.

(Alejandro Cerdá, Valencia.) Lám. 103.

5. REX MAIORICARVM. Busto coronado, de frente entre dos rosas, dentro de círculo.

Rev.

IACOBVS: D EI GRACIA. Cruz larga, cuyo pié atraviesa el círculo perlado que la encierra, y dividiendo el DEI de la leyenda en la forma indicada, llega hasta el borde de la moneda. Dobler de vellon muy rico; pesa 180 centigramos.

(Campaner, Barcelona.) Lám. 103.

Pesetas.

25

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5.bis Ligeras variantes del núm. 5, con dos puntos despues de las leyendas de ambas áreas 6 solo del anverso, y con dos estrellas y un punto (.) despues de MAIORICARVM. Doblers de vellon; peso del núm. 5.

(A. H.; Campaner, Barcelona.).

6. Anverso como el del núm. 5.

Rev. IACOBVS DEI GRA. Cruz larga como la de
los números anteriores, encima de ella una rosa. Di-
ner de vellon; pesa 0,80 centigramos.

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(Campaner, Barcelona.) Lám. 103.

7. Anverso y reverso iguales al núm. 5. Diner de vellon;

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Sensible es en alto grado que no se haya podido encontrar hasta ahora el documento en virtud del cual se procedió en Mallorca á la acuñacion de moneda de vellon: los esfuerzos del erudito Bover (1) y los del autor de estas líneas han sido infructuosos para el objeto. Es muy probable que en ese privilegio, anterior á los que autorizaron la fabricacion de la moneda de plata y de oro, segun se desprende de la cédula expedida por Don Jaime II, en 28 de julio de 1304 (2), se hablara algo del establecimiento de la casa

(1) Bover: Casa real, pág. 232, nota 1.

(2) Documentos justificativos. Este privilegio, cuyo objeto fué determinar que la acuñacion de moneda de plata no perjudicara á la de la de cobre ó vellon, hace referencia espresa á la licencia que de antemano tenian concedida los jurados para la fabricacion de la última.

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