Imágenes de páginas
PDF
EPUB
[ocr errors]

cer á los catalanes, que le consideraban invulnerable por especial privilegio y providencia del cielo. Encontraron allí los rebeldes sesenta piezas de artillería, y ensañáronse tanto con los prisioneros, que á todos les quitaron bárbaramente la vida, gozando en ello el religioso de la Trapa. La toma de aquella fortaleza fué de inmensa importancia para los realistas, porque era una de las condiciones de los gobiernos estranjeros para auxiliarlos abiertamente la posesion de un punto fortificado como base de operaciones. Facilitóles tambien el instalar allí su gobierno con el título de Regencia.

A los pocos dias de esto se trasladó el rey de Aranjuez á Madrid (27 de junio), por la mañana temprano, sin ceremonia, sin prévio aviso alguno, y sin que el pueblo se apercibiera de su entrada, como si le dictára su conciencia que debia evitar la presencia y las miradas de la muchedumbre: suponia, y no se equivocó, que no habian de ser benévolas ni de cariño, porque así lo esperimentó tres dias después, al tener que presentarse al público para hacer la clausura solemne de las Córtes.

En este intermedio habíase ocupado tambien el Congreso en otras tareas de carácter ya mas administrativo, y no tan políticas como las anteriormente mencionadas. Parecia haberse propuesto tomar desquite del tiempo invertido en estas últimas. Los decretos del mes de junio, en que terminó, como veremos, la le

gislatura, prueban la variedad de materias sobre que en el postrer período discutieron y legislaron aquellas Córtes. Ellas elevaron á ley (8 de junio) el código pe

nal, aquella grande obra elaborada por las que las

pre

y

cedieron, con su admirable distribucion de materias sus ochocientos diez y seis artículos. En la parte militar, decretaron la fuerza de que habia de constar el ejército permanente para el próximo año económico, la cual se fijaba en 62,000 hombres: que el gobierno pudiera disponer por ocho meses fuera de sus provincias de 12,000 hombres de la milicia nacional activa (12 de junio), cuya autorizacion se amplió á los pocos dias hasta 20,000; que se establecieran escuelas de enseñanza mútua para instruccion de los soldados del ejército (22 de junio): se hicieron reformas en el presupuesto de la Guerra, y se determinó el modo de formarse la guardia real, que habia de componerse de alabarderos, infantería de línea y caballería ligera (29 de junio).

Las materias de hacienda habian sido objeto de largas discusiones, en cuya reseña seria prolijo y no nos es posible entrar, pero que dieron por resultado los principales decretos siguientes: reconociendo por acreedores del Estado todos los poseedores de oficios públicos que salieron de la corona por título oneroso, y que habian sido suprimidos por incompatibles con la Constitucion y las leyes (12 de junio): extinguiendo la junta nacional del Crédito público, y dando nueva TOMO XXVII.

28

forma á este establecimiento (22 de junio): reduciendo todos los documentos que representaban la deuda pública á tres clases, á saber: vales, créditos con interés y créditos sin interés (25 de junio): poniendo la admi_ nistracion y recaudacion de las contribuciones y rentas del Estado ó cargo de las oficinas y establecimientos que se espresaban: encargando esclusivamente al ministro de la Gobernacion la formacion de la estadística y catastro del reino: fijando para el próximo año económico en 270 millones la contribucion sobre la riqueza territorial, consumos y edificios urbanos, y en 20 millones el subsidio del clero: transigiendo el gobierno con los deudores de los ramos extinguidos de tercias, noveno y excusado, sobre el modo de cobrar las cantidades que debian (decretos de 25 de junio): habilitando á todos los regulares secularizados de uno y otro sexo para adquirir bienes de cualquier clase (26 de junio): aprobando las tarifas para el porteo de cartas y de impresos: haciendo un reglamento para los depósitos de géneros prohibidos: determinando la contribucion llamada de patentes en sus diferentes clases: aprobando el empréstito nacional de 103 millones, celebrado en 4 de agosto de 1821, y el contratado con la casa de Ardoin, Hubbard y compañía: designando los objetos á que habia de estenderse el uso del papel sellado (27 de junio), que eran en general todos los pagos ó entregas de dinero ó efectos cuyo importe no escediera de 200 reales.

Aprobáronse por último los presupuestos generales de gastos é ingresos para el próximo año económico de 1822 á 1823, importantes uno y otro la suma de 664.813,224 rs. ""). Pero previendo el caso de que

[merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][merged small][merged small]

Para cubrir los 664 millones laban las rentas y contribuciones que resultaban de gastos, se seña que siguen, ó sea el siguiente

[merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][ocr errors][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small][merged small]

las rentas y contribuciones no produjeran los rendimientos que se estimaban, se autorizó al gobierno para la venta y emision de 13 millones de rs. en rentas del 5 por 100, inscribiéndoles en el gran libro (29 de junio). Se declararon legítimos los vales emitidos por el gobierno intruso, conocidos con el nombre de duplicados: se determinó el modo de repartir el medio diezmo y primicia: se señalaron los medios y arbitrios que habian de aplicarse á la enseñanza pública; y finalmente se dió el célebre decreto sobre repartimiento de terrenos baldíos y realengos, y de propios y arbitrios del reino, en que bajo el título de premio patriótico, se distribuia una parte de dichas fincas entre los que se habian inutilizado en el servicio militar, ó servido con buena nota todo el tiempo de su empeño, y se destinaba otra á repartir por sorteo entre los labradores y trabajadores de campo no propietarios (4).

[ocr errors]

(1) Hé aquí algunos de los principales artículos del decreto:

4. Las tierras restantes (era la mitad) de baldíos y realengos se dividirán en suertes iguales en valor y la estension de cada una será la que baste para que regularmente cultivada pueda mantenerse con su producto una familia de cinco personas; pero si dividi das de esta manera no resultan bastantes para dar una á cada uno de los que tienen derecho á ellas, se aumentará su número reduciendo su cabida, con tal que á lo menos sean suficientes para man

tener dos personas.

5. Divididas en estos términos, se darán por sorteo á los capitaues, tenientes ó subtenientes que se hayan retirado ó se retiren antes del reparto por su avanzada edad, ó por haberse inutilizado en el servicio militar, con la debida licencia, sin nota, y con el documento legítimo que acredite su buen desempeño; y lo mismo á cada sargento, cabo, soldado, trompeta o tambor, que por las propias causas, ó por haber cumplido su tiempo despues de haber servido en la guerra de la Independencia, haya obtenido la li

« AnteriorContinuar »