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igualdad y conviccion de principios. Lejos de este funesto error, la Junta comprendia toda la estension de las consecuencias necesarias de una revolucion, que cualquiera que fuera su primer aspecto, podia ser tanto mas terriblé, cuanto ademas de romper el antiguo yugo del poder arbitrario, tenia que vengar á la razon ultrajada, por seis años de persecuciones inícuas que habian ofendido á todos y hecho gemir millares de familias; añadíase á esta consideracion la del efecto que producen en tales crísis las teorías exaltadas, que confunden los hombres con las cosas y el derecho del pueblo con su fuerza, no considerando que no hay derecho contra razon en nadie, aunque en el pueblo hay fuerza para todo.

La situacion en que se hallaba la Junta era delicada, porque su fuerza moral tenia que ser á un mismo tiempo el escudo del rey y del pueblo; uno y otro esperaba de ella la seguridad de sus respectivos derechos, y era dada por ambos como una garantía mútua de sus operaciones. Tál se consideró la Junta, tál se hizo considerar del pueblo y del gobierno, para que ambos se persuadiesen de que conservaria escrupulosamente la línea de demarcacion de sus derechos y obligaciones, y nada propondria que no fuese dirigido á guardar y asegurar los del trono y los del pueblo, evitando cuidadosamente toda invasion del uno sobre los del otro, que es el verdadero medio de derramar el saludable bálsamo de la confianza, único calmante de las agitaciones políticas. Tenia, pues, que contener la natural tendencia del pueblo y del gobierno á arrogarse derechos, y disminuir obligaciones; y como el mantener este justo equilibrio, así como es la mayor dificultad, es el único medio de llevar á efecto la salud de la patria, la Junta formó desde luego la resolucion de mantenerle tan invariable,

que el que hubiese querido invadir los derechos del otro, hubiera tenido que pasar por encima de sus cadáveres, así el pueblo para atacar los derechos del trono, como el rey para invadir los del pueblo.

Difícil cosa parecia que nuestra revolucion no fuese acompañada de los desastres que todas las de otras naciones, pero la Junta se atrevia á esperarlo, siguiendo sus principios, y aprovechando con arreglo á ellos el momento decisivo que cada cosa tiene en el mundo, y aunque conocerlo y aprovecharlo sea el mayor esfuerzo de la prudencia, sus buenos deseos le ocultaron la escasez de la suya, fiada en que, tomando sobre sí la revolucion en el instante de su crísis, podria darle una direccion fija y favorable, y conseguir así el sujetar sus resultados ó cálculo; porque sin una direccion determinada, las revoluciones marchan ciegamente entregadas al acaso; los hombres no ven el fondo del abismo que se abre á sus pies, y cada dia es una nueva revolucion, que aborta y engendra al mismo tiempo sucesos, que los hombres mas sábios no pueden esperar ni prevenir. Uno de los principales resultados que la Junta se proponia sacar de su conducta, fundada en estos principios, era hacer amable la causa de la libertad, separando de ella las tristes escenas que suelen acompañar, ó mas bien impedir su establecimiento, y lograr que el despotismo huyese de vergüenza y confusion del suelo de las Españas, probando al pueblo y al gobierno que la libertad bien organizada, no solo se conforma con la ley, sino que la fortifica y ennoblece.

No era menos grave el cuidado que la Junta debia tener de no dejarse sorprender, tanto por los estravíos de la exaltacion de los amantes de la libertad, como por las arterías y sugestiones de los enemigos de ella, y mucho más

conociendo la astucia de los últimos para sacar partido y servirse de la efervescencia de los primeros, como del instrumento más apropósito para minar los cimientos de la libertad naciente. La exaltacion por sí sola, en cualquier sentido que sea, trae consigo la intolerancia y la infraccion de las leyes protectoras de la libertad, y presentando siempre á los gobiernos un estado inseguro y revolucionario, tiraniza la opinion, y esparce la alarma y la zozobra. La Junta, pues, se propuso, como un principio de conducta de la más alta importancia, evitar toda exaltacion en sus disposiciones, y no dar márgen á la pública, fijando en su corazon la importante verdad de que: «Los reyes se harán tiranos por política, siempre que sus súbditos se hagan rebeldes por principios.»

Tendida la vista sobre el vasto espacio de las revoluciones, y adoptados principios generales para conducirla felizmente, faltaba todavía considerar los obstáculos que presentaba el estado particular de las provincias. La guerra civil habia comenzado desde que el ejército, reunido en Andalucía, recibió la órden de obrar hostilmente contra las tropas de la Isla; la causa y el nombre de nacional de un ejército, y de real otro, hacian verdaderamente enemigos unos de otros á los españoles, y las hostilidades empezadas entre los dos ejércitos, ofrecian ya todo el carácter y encarnizamiento de una guerra civil.

El aspecto de las provincias levantadas, que habian formado sus juntas provisorias cada una de por sí, y cortado toda comunicacion con el gobierno, partiendo sin uniformidad, aunque con el mejor órden interior, amenazaba una escision, ó que tal vez levantase la cabeza la hidra del federalismo. El gobierno acababa de ceder, despues de dos meses de lucha; su trasformacion de absoluto

en moderado no podia ser obra de un momento, y hasta que los principales agentes fuesen sustituidos por otros, y el régimen constitucional se estableciese, ni el ejército de la Isla, ni las provincias podian ni debian dejar su actitud imponente y armada, porque esta era su única salvaguardia y garantía; invitarlos á desarmes y á entrar en comunicacion de pronto, sin que antes se les diesen pruebas de la buena fé y decision del gobierno, podia parecer un lazo tendido por éste para reducirlos á la obediencia pasiva, y como no tenian ciertamente motivos de esperar ningun bien, y sí de temer todo mal, segun la esperiencia de seis años, su suspicacia era justa, era necesario respetarla, y abrir á la confianza el único camino de la buena fé, con pruebas indudables de una marcha leal y constante por la noble senda de las nuevas instituciones. Esta marcha debia ser rápida, mas no imprudente y precipitada; sus providencias debian ser esenciales, y no solo para las provincias que no habian negado la obediencia, sino generales para todas, porque siendo dirigidas á restablecer el sistema constitucional, debian ser admitidas hasta de aquellas en que sin gobiernos provisionales se hubiesen anticipado á dictarlas en sus distritos.

Poner en accion, al mismo tiempo que las leyes fundamentales se juraban, todas las providencias que el gobierno representativo dictó en tres años, tenia el inconveniente de escitar y promover la confusion en las segundas manos del gobierno, y cada agente hubiera dado en su ejecucion más preferencia á unas que á otras, y el ejecutarlas todas á la vez, sobre ser imposible, hubiera sido el modo de que ninguna se hubiese llevado á efecto, y en lugar de una mudanza de gobierno, se hubiera hecho una completa desorganizacion de todos sus ramos. Además de

esto era de observar, que siendo muchas de las disposiciones contenidas en los decretos de las Córtes y órdenes de la Regencia, propias del momento en que se dieron, y que cesaron con las circunstancias que las habian producido, el discernimiento de éstas con las que debian restablecerse, seria tan vario como los funcionarios que debian ejecutarlas. En fin, bien meditado este punto, tomó la Junta el prudente partido de los buenos médicos, que no administran al enfermo de una vez toda la medicina que necesita, por segura y saludabie que sea, sino con proporcion á la posibilidad de sus fuerzas físicas, y con el tiempo necesario para que obre, sin la interrupcion ó nulidad que causaria su acumulacion. Y en fin, si la Junta hubiese exigido la sancion real, de una vez, á todo lo mandado por las Córtes, habria faltado al principio que adoptó, de conservar al gobierno toda la dignidad y decoro que le dá y asegura la misma Constitucion; su conducta hubiera sido tachada de violenta, y este mismo carácter tendria la sancion real, si se hubiese dado sin el tiempo necesario, para que fuese obra y resultado de exámen y de íntimo convencimiento.

Pero así como la precipitacion de las disposiciones para el restablecimiento del régimen constitucional seria imprudente y peligrosa, su lentitud causaria el enorme perjuicio de dilatar los buenos efectos de su ejecucion, y de tener que ocuparse las Córtes en su plantificacion, luego que se instalasen, en lugar de los grandes objetos legislativos á que debian consagrar sus tareas. Para evitar, pues, ambos inconvenientes, fijó la Junta la atencion en la sucesion que debia darse al restablecimiento de aquellas disposiciones segun su importancia, dando la primera en su juicio á las que eran orgánicas y constitutivas del nue

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