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conociendo la astucia de los últimos para sacar partido y servirse de la efervescencia de los primeros, como del instrumento más apropósito para minar los cimientos de la libertad naciente. La exaltacion por sí sola, en cualquier sentido que sea, trae consigo la intolerancia y la infraccion de las leyes protectoras de la libertad, y presentando siempre á los gobiernos un estado inseguro y revolucionario, tiraniza la opinion, y esparce la alarma y la zozobra. La Junta, pues, se propuso, como un principio de conducta de la más alta importancia, evitar toda exaltacion en sus disposiciones, y no dar márgen á la pública, fijando en su corazon la importante verdad de que: «Los reyes se harán tiranos por política, siempre que sus súbditos se hagan rebeldes por principios.»

Tendida la vista sobre el vasto espacio de las revoluciones, y adoptados principios generales para conducirla felizmente, faltaba todavía considerar los obstáculos que presentaba el estado particular de las provincias. La guerra civil habia comenzado desde que el ejército, reunido en Andalucía, recibió la órden de obrar hostilmente contra las tropas de la Isla; la causa y el nombre de nacional de un ejército, y de real otro, hacian verdaderamente enemigos unos de otros á los españoles, y las hostilidades empezadas entre los dos ejércitos, ofrecian ya todo el carácter y encarnizamiento de una guerra civil.

El aspecto de las provincias levantadas, que habian formado sus juntas provisorias cada una de por sí, y cortado toda comunicacion con el gobierno, partiendo sin uniformidad, aunque con el mejor órden interior, amenazaba una escision, ó que tal vez levantase la cabeza la hidra del federalismo. El gobierno acababa de ceder, despues de dos meses de lucha; su trasformacion de absoluto

en moderado no podia ser obra de un momento, y hasta que los principales agentes fuesen sustituidos por otros, y el régimen constitucional se estableciese, ni el ejército de la Isla, ni las provincias podian ni debian dejar su actitud imponente y armada, porque esta era su única salvaguardia y garantía; invitarlos á desarmes y á entrar en comunicacion de pronto, sin que antes se les diesen pruebas de la buena fé y decision del gobierno, podia parecer un lazo tendido por éste para reducirlos á la obediencia pasiva, y como no tenian ciertamente motivos de esperar ningun bien, y sí de temer todo mal, segun la esperiencia de seis años, su suspicacia era justa, era necesario respetarla, y abrir á la confianza el único camino de la buena fé, con pruebas indudables de una marcha leal y constante por la noble senda de las nuevas instituciones. Esta marcha debia ser rápida, mas no imprudente y precipitada; sus providencias debian ser esenciales, y no solo para las provincias que no habian negado la obediencia, sino generales para todas, porque siendo dirigidas á restablecer el sistema constitucional, debian ser admitidas hasta de aquellas en que sin gobiernos provisionales se hubiesen anticipado á dictarlas en sus distritos.

Poner en accion, al mismo tiempo que las leyes fundamentales se juraban, todas las providencias que el gobierno representativo dictó en tres años, tenia el inconveniente de escitar y promover la confusion en las segundas manos del gobierno, y cada agente hubiera dado en su ejecucion más preferencia á unas que á otras, y el ejecutarlas todas á la vez, sobre ser imposible, hubiera sido el modo de que ninguna se hubiese llevado á efecto, y en lugar de una mudanza de gobierno, se hubiera hecho una completa desorganizacion de todos sus ramos. Además de

esto era de observar, que siendo muchas de las disposiciones contenidas en los decretos de las Cortes y órdenes de la Regencia, propias del momento en que se dieron, y que cesaron con las circunstancias que las habian producido, el discernimiento de éstas con las que debian restablecerse, seria tan vario como los funcionarios que debian ejecutarlas. En fin, bien meditado este punto, tomó la Junta el prudente partido de los buenos médicos, que no administran al enfermo de una vez toda la medicina que necesita, por segura y saludable que sea, sino con proporcion á la posibilidad de sus fuerzas físicas, y con el tiempo necesario para que obre, sin la interrupción ó nulidad que causaria su acumulacion. Y en fin, si la Junta hubiese exigido la sancion real, de una vez, á todo lo mandado por las Córtes, habria faltado al principio que adoptó, de conservar al gobierno toda la dignidad y decoro que le dá y asegura la misma Constitucion; su conducta hubiera sido tachada de violenta, y este mismo carácter tendria la sancion real, si se hubiese dado sin el tiempo necesario, para que fuese obra y resultado de exámen y de íntimo convencimiento.

Pero así como la precipitacion de las disposiciones para el restablecimiento del régimen constitucional seria imprudente y peligrosa, su lentitud causaria el enorme perjuicio de dilatar los buenos efectos de su ejecucion, y de tener que ocuparse las Córtes en su plantificacion, luego que se instalasen, en lugar de los grandes objetos legislativos á que debian consagrar sus tareas. Para evitar, pues, ambos inconvenientes, fijó la Junta la atencion en la sucesion que debia darse al restablecimiento de aquellas disposiciones segun su importancia, dando la primera en su juicio á las que eran orgánicas y constitutivas del nue

vo régimen; era tambien preciso darlas en un órden bien meditado, que las primeras facilitasen la ejecucion de las segundas, y éstas la de las sucesivas, porque no es menos importante establecer leyes, que el facilitar su eje

cucion.

La naturaleza de la Junta y el espíritu con que fué creada, era de una corporacion cogobernante con el monarca, pero el carácter que se le dió por escrito, fué de consultiva hasta la reunion de las Córtes. Esta notable diferencia en hombres de menos cordura, pudiera haber causado muy malos efectos (pues desde luego produjo alguna inquietud en el público que procuró desvanecer), pero como apenas hay cosas de que el verdadero celo no pueda sacar partido, y volverlas en bien de la patria, cuando ésta es la única pasion del hombre público, la Junta se propuso servirse de esta misma diferencia, para presentarse bajo el aspecto que fuese mas conveniente en su caso, no escitar celos en el gobierno, ni ideas quiméticas en el pueblo, y poder conservar el ejercicio de su atribucion sin degradar al uno, ni exaltar al otro. Otra consideracion tambien de la mayor importancia, decidió á la Junta á tomar este término, y es la de que todas las corporaciones populares de esta clase, en tales casos, vienen á acabar con los gobiernos, por poco que en ellas se mezcle la ambicion, ó el furor de captar la popularidad; y si evitan estos escollos, por poca resolucion ó confianza, incurren en el opuesto de entregarse al gobierno, y ponen al pueblo en el caso de una revolucion para recobrar los derechos de que se cree despojado, cuando considera á la autoridad de su eleccion y confianza en una opresion ó dependencia precaria del gobierno. En ambos casos peligra la causa del trono y del pueblo, y la historia de las reTOMO XXVII. 32

voluciones nos conserva la memoria de los males que han procedido de este orígen, para que la Junta los olvidase, y no tratase de evitarlos.

La Junta, pues, con arreglo á estos principios, debia ir dejando su popularidad y transferirla al gobierno, á proporcion de las pruebas que éste diese de su buena fé y decision por el sistema constitucional; conservarle el respeto y decoro que los movimientos populares hacen vacilar, y cuya depresion es el precursor de la caida de los tronos y de la subversion de la sociedad; conciliar é identificar el amor á la ley y al rey, y preparar la reunion de Córtes en términos que éstas hallasen ya organizado y en accion espedita el gobierno constitucional, y estuviesen desembarazadas de todas las atenciones que no fuesen las legislativas.

Estos son los principios que la Junta adoptó por norte de su conducta en las espinosas circunstancias, en que plugo á la Providencia fiar á sus cortas luces y débiles hombros el grave cargo que hoy finaliza, y cuyo desem- . peño, cualquiera que haya sido, presenta al juicio de la nacion.

Indicados con la posible rapidez y concision los más esenciales principios que la Junta adoptó por base de sus operaciones, y los objetos que con ellos se proponia, pasa á hacer un ligero bosquejo de aquellas, citando como comprobantes algunos documentos, pues el referir todos los trabajos seria inútil é impertinente, y mucho más quedando en poder del Congreso para el uso que estime conveniente.

Corto ha sido en verdad el espacio de cuatro meses, que la Junta ha estado al frente de los negocios públicos, pero tan fecundo en materias de su instituto, que para no

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