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Mas las asperezas de la vida y las dificultades económicas, siguen ocasionando serios disgustos a nuestro autor. Una torpeza administrativa-sino se trata de un necio ritualismo del balduque-obligó a Sánchez de las Brozas a soportar dispendios, que gravemente comprometerían su averiada hacienda. Reclamó el lesionado con la debida mesura reparación del daño y agravio recibidos, mas los claustrales limitáronse a nombrar la indispensable Comisión gestora e informadora, que no siempre informaba o gestionaba con la diligencia necesaria (1). Una lectura atenta

seo y el licenciado francisco sanchez Rethorico a examinar a los oppositores del colegio trilingüe e examinados luego se siguio el claustro siguiente", etc., etc.

(1) Claustro de diputados de 2 de Abril de 1558, fol. 38: (al margen) “peticion de francisco sanchez Retorico" (texto) “E luego se leyo otra peticion dada por el licenciado francisco sanchez de las brocas Retorico por la qual pide e suplica a sus merçedes diciendo que don pedro de luna siendo Rector desta Universidad le tomo unas casas questan a santo thomas para las juntar con el colegio trilingüe. y despues las tuvo esta Vnjversidad y las alqujlo de su mano. este año. diçe aver quedado vacas suplica a vuestras mercedes sean servidos de mandarle pagar. El alquiquiler de este año. por cuanto no se desavçiaron en tiempo devido sino vispera de san miguel. y aunque se desavçiaran a tiempo. suplica a sus mercedes se encarguen dellas por lo que Resta del deçenjo pues se tomaron para el servicio del colegio y despues le mudaron de allj dice que a El se le açe agravio en pagar las casas que se tomaron para la Vnjversidad sin el averlas menester en lo qual suplica a sus mercedes se ayan con el. como con quien desea y procura servir a esta Vnjversidad e mercedes e por el di cho claustro oydo y entendido dixeron que lo cometian e cometieron a los señores doctor juan muñoz e tesorero juan de agujlera para que vean lo contenjdo en la dicha peticion. y contrato del dicho a Rendamjento de las dichas casas e lo Refieran en el dicho claustro primero venjdero para que en el se provea lo que conven"En relación con este asunto, vid. las noticias recogidas en las págs. 36, not. 2, 43, 44, 45 y 50, not. 2 del presente "Ensayo". A una identificación indudable con las casas aquí mencionadas conducen sólo los datos trascritos en las págs. 45 y 50 not. 2; una identificación muy probable con dichas casas puede obtenerse del contenido de las pág. 43 y 44; en cambio, con probabilidad discutible cabe sostener que las casas de que se habla en esta nota y las citadas en la pág. 36, not. 2, sean las mismas, aunque en el caso de decidirnos por afirmar la diversidad de tales construcciones, unas de otras debieron hallarse próximas (casas del sello y casas a la espalda de las casas del sello). Formuladas todas las precedentes salvedades, que la más elemental circunspección impone, no nos recataremos de manifestar que la tesis de la identificación de las referencias de todos esos pasajes, es la única, en nuestro concepto, verosímil.

ga.

de los documentos que utilizamos en este "Ensayo", nos ha permitido comprobar que las tan asendereadas Conisiones, son, a menudo, encubiertas negativas de los claustros, o expedientes dilatorios que a nadie, ni aún a los mismos comisionados, convencen.

Y no merecía la labor docente del Brocense hallar tales obstáculos, pues nos consta, con referencia a la visita del Trilingüe de Enero del 58, que las glosas de nuestro autor al texto de Marcial, fueron muy celebradas. Muchos oyentes iban a escuchar esas doctas explicaciones al general del Colegio, en el que finalmente no pudieron colocarse tantos admiradores con la indispensable comodidad, por lo que se trasladó el dichoso maestro de Retórica a las Escuelas Menores (1). No parece necesario encarecer el éxito extraordinario que el suceso que acabamos de narrar supone e implica. Téngase, además, en cuenta que en esa labor meritoria, la intensidad y la asiduidad corrían parejas, pues nos consta que el Retórico Sánchez no fué multado durante todo el año 57-58, en el que cobró los consabidos 37.500 maravedis (2).

Nótese también que cumplió nuestro autor con verdadero acierto sus deberes corporativos al intervenir en empeñada discusión acerca de la conveniencia o inconveniencia de proveer una prebenda de Retórica, vacante en el

(1) Visita del Trilingüe de 5 Enero 1558. Interrogado por el vice-Rector y visitadores el br. sacrameña, vice-Rector del col.o, dijo: "y el liz. fran." sanchez de las broças que el no sabe. el tienpo e horas ques obligado a leher en este dho. colegio avnque el sabe que a de leher hexerçiçios de Retorica e asi se los a vjsto leher en el dicho colegio a la vna en ynvierno e que esto a sido siempre en el lugar acostumbrado en el colegio. fasta que abra tres semanas que salio a leher a la misma hora a marcial-e porque los oyentes no cabian en el general del dicho colegio-saljo a leher e contjmuar la dicha lectura en las escuelas menores con liz. que dicen averle dado el señor Rector para ello." Más adelante advierte el mismo testigo "que el liz.do sanchez no lehe Retorica sino a Marcial." Alonso de Espinosa, colegial, declara: "El liz.do sanchez Retorico la liçion de Retorica la a buelto en leher agora a marçial. e porque los oyentes no le Cabian en el general deste colegio se paso a leher en las escuelas menores e dicen que con liz.a del señor Rector."

(2) Vid. "quentas del estudio E vnj.da de la cibdad de Salamanca. de todas las catredas y valor dellas. y salarios y rrentas de la dicha Vnj.dac dad del año mill e quj.'s y cinquenta E siete En ocho años. Juntamente con otras quentas del colessio trilingüe y de otros officiales."

Colegio Trilingüe. Y su intervención no pudo ser más mesurada, ni más correcta: sostuvo que dicha prebenda debía ser provista por haber expirado el término de los edictos y por respeto a los derechos adquiridos de los opositores (1).

Llegamos tras esto a una situación, en la que se rebela la conciencia escrupulosa del Retórico Sánchez contra las absurdas acumulaciones de trabajo, que una mal entendida economía logró arrojar sobre sus hombros. Confiesa nuestro biografiado que pone alma y vida en su labor profesional universitaria y reconoce, con noble sinceridad, que no cumple, como cumplir desearía, sus deberes docentes en el Colegio Trilingüe. Como no cabe atribuir a desidia la imperfección notada, pone a disposición de la Universidad el salario que recibía por su trabajo en el Trilingüe y cree así acallar las inquietudes de su exquisita delicadeza (2). La Universidad, por su parte, con el intervalo de cuatro días siguientes a la presentación de esa noble renuncia, "proveyo y mando que los veynte ducados que se soljan dar y daban al liçenciado francisco sanchez de las brozas por ser Regente en el colegio trelingue por la ora y media que avia de leer en el dicho colegio trelingue de las doze y media a las dos De cada vn dia y el a dicho en su conziencia que no lo a podido cumplir como le esta mandado por los estatutos que desde El claustro proximo pasado en el qual dixo no poder conplir lo susodicho queste sa

(1) Claustro de diputados de 13 de Agosto de 1558, fol. 70: "El maestro Navarro e licenciados antonio De solis e cosme de medina e bachilleres juan francisco tedaldi e francisco sanchez de las brozas fueron del voto de los señores Rector e doctor Aguilera, en que se provea la dicha prebenda por ser los edictos pasados y estar el derecho adquirido."

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(2) Claustro de diputados de 14 de Febrero de 1559, fol. 28 vuelto: ...El licenciado francisco sanchez de las brozas Retorico Dixo que descargaba su conciencia con dezir y avisarlo a sus mercedes y es quel no puede yr a leer al colegio trilingue su Re torica y la ora y media quel estatuto manda e que por este trabajc De leer la dicha ora y media la cual es de doze y media a dos la Vnjbersidad le dio y asygno partido de veynte Ducados porque por las dos liciones que lee En escuelas se le dan treynta mli maravedis y estas lehe y trabaja todo lo que puede y en lo que toca al salario De los dichos veynte ducados que se le dan por leer Retorica en el colegio trilingue suplica a sus mercedes lo provean y en ello hagan lo que fueren servidos por quanto conforme a dios y a su conciencia el no lo puede cunplir nj servir”.

lario se probea y se le qujta al dicho liçenciado francisco sanchez para que Desde el claustro proximo pasado no se le quente y ansi lo mandaron (los señores claustrales) notificar al hazedor para que no se lo pague mas de los treynta mjll maravedis que solja llevar por las Dos liçiones De rretorica"... (1). La correcta actitud del célebre Retórico, halló en sus colegas y comprofesores un eco poco grato parece traslucirse en tan diligente aceptación de ese renuncia, la obra de la ambición inquieta de los que se creían llamados a suceder a Francisco Sánchez en la Regencia del Trilingüe. Tal es la vida y así somos-por desgracia los humanos.

Mas si en recoger dimisiones no andaba el claustro remiso, no era tanta su diligencia en reparar notorios agravios. El Brocense se ve obligado a insistir en que es de equidad no abone alquileres que para un determinado fin docente, ya no perseguido, se comprometió a pagar. La Universidad llega a convencerse de la razón que asiste a su hijo que debió ser hijo predilecto, y aunque no prescinde del obligado trámite de la Comisión y del mandato, da al comisionado y mandatario amplios poderes para que libre a Sánchez de las Brozas la cantidad a que ascienda su crédito contra el Estudio (2). Al fin parece que halló este

(1) Claustro de diputados de 18 de Febrero de 1559, fol 31. La cédula de este claustro, incluída en el fol. 30 del Registro correspondiente, ofrece expresa mención del "licenciado Sanchez Catedratico de Retorica". La indicación, como de costumbre, peca de inexacta el Brocense era tan solo entonces Regente de Retórica.

(2) Claustro de diputados de 26 de febrero de 1559, fol. 34 vuelto: "petición Del licenciado francisco sanchez de las brozas -muy magnificos señores El liçenciado sanchez rregente De rretorica en esta Vnjversidad vesa las muy magnificas manos De vuestras mercedes y digo que siendo yo rregente quando el colegio trilingue estaba a santo tomas. vuestras mercedes me mandaron que yo arrendase vnas que confinan con las espaldas De la Casa Del sello donde Entonces el colegio estaba para servicio Del dicho colegio lo qual yo hize y al tiempo que yo dexe la dicha rregencia vuestras mercedes tomaron las dichas casas para que las morasen los colegiales y las tobieron dos años y pasando el dicho colegio adonde esta agora las casas quedaron vacas y el Dueño de ellas por aber yo arrendado me conpelio a que pagase veynte y dos ducados conforme a la tasa los quales yo pague y ansi la Vnjversidad por cuyo mandado yo arrende las dichas casas me esta obligada a pagar los dichos veinte y dos ducados que yo pague en su nombre por que pido y suplico a vuestras mercedes nombrando uno o dos de vuestras mercedes ante quien yo prueve lo sobredicho ser

enojosa asunto solución satisfactoria, aunque algo tardía. Consagrando todas sus energías a la labor profesional, ya descargada de penosas y casi insoportables adherencias, sigue Francisco Sánchez cumpliendo con escrupulosa regularidad sus deberes académicos. Asiste así al juramento de los catedráticos de 1.o de Mayo de 1559 (1) y no falta durante ese mismo año a las provisiones de prebendas vacantes de Retórica, Griego y Hebreo (2).

Mas la recia formación latino-clásica de Sánchez de las Brozas, necesitaba hallar el obligado complemento en el estudio y el cultivo de las letras griegas. Las dos literaturas clásicas hermanas, no viven en forzado y antinatural aislamiento más que para nuestros planes de estudios, no siempre lógicos, ni eficaces siempre. El Brocense vivió en épocas menos propicias a mutilaciones culturales que la actual y, por tanto, dió sólida cimentación a su cultura clásica, luchando en las oposiciones al salario de griego de la Universidad de Salamanca.

Tuvo nuestro biografiado en esa lucha dos contrincantes, uno de ellos, sin duda, muy competente: nos referimos al maestro Quadrado. Éste, el colegial Munguía y el pseudo-licenciado Sánchez, hicieron sus ejercicios ante el claustro de diputados, competente para decidir la penosa

ansi vuestras mercedes me manden pagar los dichos dineros que ansi pague y pido justicia besa las muy magnificas manos de vuestras mercedes francisco sanchez. E leida la dicha peticion... los dichos señores en el dicho claustro contenj dos cometieron al señor dotor lujs perez que vea las escrituras y todo lo demas necesario conforme la dicha peticion y visto todo lo que paresciere que se le deve de pagar al dicho licenciado francisco sanchez se lo pueda librar y libre etc".

(1) Fol. 50 del R.° correspondiente.

(2) Claustro de diputados de 26 de Mayo y 30 de Junio de 1559, fol. 51 vuelto y 56. En la cédula del primero de esos claustros leemos: "Señor Lope de rrobles vedel llamareys a claustro de Diputados para probeer las prevendas de rretorica e griego e vna de hebreo questan al presente vacas e llamase para ello tanbien a los maestros leon y vaseo e nabarro e a los liçenciados martjn martinez e francisco sanchez de las brozas rregentes e para probeer la regencia de griego que al presenta esta vaca fecha a veinte e cinco de mayo de myll e quinientos e cinquenta e nueve anos. per alvarez de bega rrector". En la del segundo, se llama expresamente "para proveer vna prevenda de hebreo... a los catredaticos de prima de gramatica, y al maestro navarro e a los licenciados martjn martinez hebreo. e francisco sanchez sacramena y juan escribano rrethoricos que tienen voto en esta provisyon".

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