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CARTA DEL CABILDO DE LA CIUDAD DE LA PLATA, PIDIENDO AL REY LA CREACION DE UN GOBIERNO EN SU DISTRI

TO, INDEPENDIENTE DEL DE LIMA-3 DE DICIEMBRE DE 1567.

S. C. R. M.

Pocos dias ha que escribimos á vuestra magestad y enviamos á Estéban de Arévalo Moscoso, á informar de los negocios de esta ciudad y provincias de su distrito, con nuestros poderes é instruccion, para que tratase algunas cosas convenientes al servicio de vuestra magestad y solicitase el despacho de lo que sobre ello vuestra magestad proveyese; y por que, despues que se partió, han subcedido algunas que obligan á solicitar mas el remedio, determinamos escribir la presente, aunque todo ha de llegar á un tiempo y en una misma flota.

Ya hicimos relacion de los daños y perjuicios que los indios Chiriguanaes de las montañas habian hecho y hacian en estas comarcas, así en los españoles como en los naturales que están de paz y sirven á vuestra magestad, y encarecimos la dificultad con que se les podria hacer la guerra, así por la aspereza de la tierra donde andan, como por estar muy divididos y ser necesario poner el remedio por muchas partes; y como en su conquista no se puede pretender otro interese, ni le hay que el bien general de la quietud destas comarcas, la gente que suele hacer estas guerras y allanamientos, no se aplica á trabajar en esta, sin mucho interese, el qual si se les obiese de dar de vuestra Real hazienda, seria mas la costa de lo que se puede sinificar, y como estos indios no hacen el daño esperando quando los buscan, ni tienen tierra nit haziendas que les obligue á ninguna defensa, entiéndese

claro que la gente que fuese á este castigo haria poco efecto. Tambien diximos los remedios que podia tener de presente, para que sin tanta costa y dificultad se les pusiese freno, solo cuanto á esta materia tenemos que informar que agora nuevamente se llevaron un pueblo entero de la parcialidad de Chagui, que está en cabeza de vuestra magestad a veinte leguas desta ciudad y que tenemos relacion que hacen junta general, de la qual y su determinacion supimos por estenso de algunos prisioneros que se soltaron y de gente que vieron el daño, los quales para este efecto y para alguna defensa, esta Real audiencia despachó. Así que este es negocio importantísimo y de que pende la quietud destas provincias de los Charcas, que es lo principal deste Reyno, y donde vuestra magestad tiene casi toda la renta destas partes, y en que hay mas necesidad de proveer, y asi nos parece estar mas obligados á solicitar y dar priesa sobre el remedio.

Por una cédula de vuestra magestad, hemos visto haberse proveido que el Licenciado Castro, vuestro Gobernador, entienda solo en el Gobierno destos Reynos y en lo á él anexo y concerniente, y que lo que del resultase, queriéndose agraviar, se determine en el Audiencia Real de la ciudad de los Reyes, donde él reside, por los inconvenientes que resultan de estar en poder de muchos; los quales, segun por la cédula parece, movieron á vuestra magestad á la dicha provision, y si estos Reynos estuvieran tan juntos como la Nueva España del nuevo Reyno de Granada, ó las demas partes de las Indias, no parece que la provision tenia ningun inconveniente, por que el presupuesto es verdadero, y tan conforme á razon y buena orden, como todo lo demas que vuestra magestad provee en sus Reynos y señorios; pero, está tan dividido, que estamos trescientas leguas de Governacion de la ciudad de los Reyes, y habiendo de ir en grado de apelacion á aque

lla Real Audiencia, de los agravios que resultaren del govierno, es el camino tan malo y tan largo, y tan diferente del temple desta tierra, que por la mayor parte se pasará y sufrirá el agravio que se hiziere, antes de ir á buscar el remedio tan lexos y con tanta dificultad y riesgo, mayormente que siendo las cosas destas provincias tan diferentes de las de la ciudad de los Reyes, y todas las de aquella comarca, en todo, que son las que el governador tiene presentes, habiendo de proveer por relacion y siu habello visto, de necesidad se han de ofrecer muchas que aun la misma audiencia Real á quien vuestra magestad le remite la determinacion dellas, habria menester verlas por vista de ojos, para determinarlas, pues está claro que el Govierno y lo que dél resulta, mas es arbitrario que jurídico.

Lo otro, estas provincias en todo el reyno son las que mas necesidad tienen de govierno y donde mas cosas estraordinarias se ofrecen que proveer, por tener las calidades siguientes, que, por ser notorias, la relacion bastará por provanza.

La primera, que residen en ella dos mill españoles, para verificacion de lo cual basta la noticia que vuestra mages. tad habrá tenido, que cuando el Mariscal Alonso de Alvarado salió al castigo de Francisco Hernandez Giron, sacó della mil españoles armados, y entre ellos quatro cientos arcabuceros, dexando poblada la tierra y pueblos subjetos á esta ciudad, con la gente necesaria para su defensa; y una de las razones principales porque el mariscal se perdió y se entabló aquella tirania, donde tantos daños subcedieron, fué tener necesidad de embiar á la ciudad de los Reyes por licencia para hacer gente y gastar, en el qual tiempo pudo el tirano aderezarse con la fuerza que sacó, de manera que, si luego que se supo su alzamiento, se pudiera poner el remedio, con solos doscientos hom

bres que salieran aderezados, se concluia lo que despues no se pudo hacer con mil, la qual dilacion fue ocasion de todos los pactos que despues se hicieron, y gente que se perdió, y daños que sucedieron.

Lo otro, porque en todo el rey no no hay ciudad que tenga frontera, sino es esta de la Plata, la qual por esta ra zon tiene mas necesidad del govierno, porque se ofrecen y han de ofrecer muchas cosas, así de españoles como de indios, cuyo remedio quiere ser puesto, porque son de condicion en que dilatarse, causa mas perjuicio. Para prueba de lo cual basta para verificacion los subcesos que, de quatro años á esta parte, há habido, muchos de los cuales se pudieran atajar si en ella residiera quien con poderes vastantes de vuestra Magestad les pudiera poner remedio, como fué el alzamiento que los vecinos hizieron. en las provincias de Tucuman, quando destruyeron la ciudad de Cordova y la de Nieva y otras de aquellas provincias, y mataron mucha cantidad de los españoles que en ella residian, y quedaron despobladas y de guerra hasta hoy, cuyo peligro se entendió mucho antes que subcediese, y con muy poca gente y gastó se le pudiera poner remedio, que despues ha sido dificultozo, y lo es al presente con todo quanto sobre ello se há hecho; así mismo está probado por la muerte del capitan Andres Manso y de toda la gente que con él residia en frontera de los chiriguanaes, por lo qual y por haber despoblado y quemado el dicho pueblo que tenian hecho, se han puesto estas comarcas en la necesidad que arriba tenemos hecha relacion; lo mismo acaeció en la barranca que tenia poblada el General Nuflo de Chavez, la qual destruyeron y quemaron sin escaparse della sino solo dos españoles, de donde resultó toda la guerra que ha tenido el capitan Nuflo de Chavez, defendiendo la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, á donde está poblado con doscientos españoles, en el dis

trito y jurisdiccion desta ciudad, que ha sido y es grande y trabajosa, y ultimamente los daños que los chiriguanaes han hecho, de poco á un dia de camino desta ciudad, y se espera que harán, no poniéndoles el remedio que conviene, y otros muchos negocios que han subcedido y subceden cada dia y han de suceder de necesidad en las entradas y descubrimientos que estan comarcanos á esta provincia, como fué la salida del Governador del Rio de la Plata con la gente, y la prision del Governador Francisco de Aguirre, en las provincias de Tucuman, y la muerte del capitan Martin de Almendras, á quien mataron los indios en la provincia de los Chichas, y la muer te del capitan Pedro de Castro, á quien mataron y desbarataron los Indios Chiriguanaes, cerca del rio de Condorillo, con la gente que llevaba, y la muerte del capitan Diego Aleman, á quien mataron con toda la gente en la montaña, cerca de los Mojes y otras cosas, que por no hacer larga historia no decimos en la presente, muchas de las cuales, con estar presente el que tiene á cargo el govierno, se podrian remediar, antes que subcediesen, y castigar despues de subcedidas, de suerte que se atajasen otras mas importantes que causa la remision y el no abreviar el remedio y prevenciones, que no se pueden tener ni proveer de lejos; y si en toda lo dicho hay una razon perentoria, que aviendose de hacer el govierno con prudencia y con gente y presteza en semejantes negocios, proveyendo en ellos con su presencia el mismo que puede gratificar, sin otra esperanza ni paga, va la gente á su costa y de buena voluntad á hacer lo que se les manda en vuestro servicio, aunque sepan perder las vidas, á lo qual faltando el que tiene el poder, cesa la esperanza del premio, y no basta la obligacion ni el dinero que les puede dar para semejantes negocios.

Lo otro, porque aunque todo lo dicho satisface para

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