Don on Cárlos por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalen, de Navarra, de Granada , de Toledo, de Valencia , de Galicia, de Mallorca, de Sevilia, de Cerdeña, de Córdoba , de Córcega, de Murcia, de Jaen, de los Algarbe, Islas de Canarias, de las Indias Orienta. les y Occidentales, Islas y tierra firme del mar Occéano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante y Milan, conde de Aspurg, Flandes, Tirol y Barcelona , Señor de Vizcaya y de Molina , &c. Por quanto ha manifestado la experiencia que en la observancia de las ordenanzas militares expedidas desde el año de mil setecientos veinte y ocho se han ofrecido algunas dudas que o consultadas atrasaban mi servicio, ó malinterpretadas podrian (tal vez) perjudicarle , y que en la falta de regla fixa que no daban por muchos asuntos del interior gobierno de los cuerpos, quedaba expuesto á deformidad y voluntaria variacion el método de buen régimen en ellos : por tanto he resuelto que anuladas en todas sus partes las refe. ridas ordenanzas militares se observen inviolablemente para la disciplina, subordinacion y servicio de mis exéreitos las que explican los tratados y títulos siguientes. у . |