Nota. Las abreviaturas de la anterior tabla significan: C. P., Código penal: ley, se entiende la de Enjuiciamiento civil: n., nota: R. P., Reglamento provisional: R. de J., Reglamento de los Juzgados: V., Véase.-Se citan muchas veces varios artículos del C. P. ó de la ley, y solo se indica la página en que se halla el primero de ellos. Son furtivos todos los ejemplares que no lleven en la pågina 728 el sello de la Direccion de El Consultor, y que tengan además cierta contraseña. 110 |