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propusicion lo qual hacen los dichos caualleros diputados por la espiriencia que tienen del dicho oficio y rriesgo que se puede correr en la buena quenta que se deue dar.

El señor corregidor dixo que la ciudad bote sobre si combiene pedirse y se pedira a su señoria yllustrisima rrevocacion desta dicha ordenanza que no permite que el contador de propios lo sea mas de quatro años por quanto paresce no ser en provecho desta ciudad.

El señor contador diego de ochandiano dixo que atento a lo rreferido en la dicha propusicion y a que militan oy las mysmas causas quel año passado y a que la espiriencia en los papeles es muy nesesaria y a ques mas combenyencia de la hacienda y propios desta ciudad y mas autoridad deste cauildo lo que los señores diputados piden porque si el contador vna ues electo es aproposito es justo que se continue por muchos años y si no lo es que no este atado a que lo aya de ser quatro que le paresce ques bien que se pida rrebocacion de la dicha ordenanza y que los señores diputados de propios sean comyssarios a quien se cometen pedir esta rrebocacion a su señoria yllustrisima.

El señor alguacil mayor con el boto del señor contador.

El señor don francisco de torres como el señor contador.

El señor luys maldonado como el señor contador.

El señor don francisco de bribiesca dixo quel es llamado y citado a este cauildo para elegir y botar los officios en las personas aproposito que convengan al servicio desta ciudad y que asi no puede dexar de guardar el mandamiento questa notificado y guardado y vssado en otros años en este cauildo que habla en razon de que guardandose las ordenanzas se boten los officios y se elijan y que asi por guardar y cumplir este mandamiento y no incurrir en las penas del este capitular biene en que se bote este officio como todos los demas.

El señor don francisco de solis dixo quel fue citado y llamado para botar los officios conforme a la costumbre y mandamyentos de los sseñores virreyes y asi es su parescer queste officio se bote.

El señor aluaro de castrillo como el señor contador.

El señor don joan de caruajal que se bote este officio como lo dice el señor don francisco de solis.

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Que se lleve a su señoria yllus

El señor luys pacho mexia que se bote este officio.

El señor depositario general alonso sanches montemolin dixo que lo proueydo por el señor corregidor a la propusicion hecha por los señores diputados es tan solamente que se bote si se pedira a su señoria yllustrisima rrebocacion de la ordenanza que la ciudad tiene hecha por si mysma en que se ympide poder rrelejir contador de propios por mas tiempo de quatro años y por algunas caussas justas que a este capitular le mueuen su boto y pareser es se pida la dicha rrebocacion de la dicha ordenanza por parte desta ciudad a su señoria yllustrisima virrey y que la bayan a pedir los dichos señores diputados de propios y sea con breuedad porque el dicho officio se provea y el nombramyento del se suspenda asta que venga la rrepuesta de su señoria yllustrisima.

El señor corregidor que se guarde trisima para la mayor parte y que vayan luego que sea servido los caualleros comysarios porque con

que mande lo

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se baya a acer rrelacion sin ynobar en nada en el estado en questa.

En tres de henero de mill y do ze notifique este auto a die

go de cabrera

ra en su perso

na-testigos an

y francisco escu Simon guerra

Este dia abiendo llegado a tratar de poner el officio de mayor- seyscientos y domo de propios y sissa la ciudad de conformy dad acordo que se suspenda por este mes de henero tonio gonzales el nombramyento de los dichos offi- dero de figueroa cios para que durante el diego de cabrera que los a seruido los años pasados de sus quentas y las fenesca y acaue de los años que las tiene por dar a la justicia y diputados de propios en la contaduria desta ciudad y que fenecidas se traygan para que vistas se provean lo que convenga.

Eceto el señor don joan de caruajal que dixo que por quanto al dicho diego de cabrera mayordomo que a sido desta dicha ciudad no a dado las quentas que deuia dar de los años que a sido mayordomo ny cumplido con lo que se le mando quando la ciudad se le elijo el año pasado su parecer deste capitular es nombre luego mayordomo y mande se le tomen las quentas que deue de dar sin dilacion ninguna y que de questo no se aga ny se ayan tomado las quentas de los años pasados como era obligacion protesta este capitular no le pare perjuicio agora ny en ningun tiempo.

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dos años y que atento a esto y a que la quenta es costumbre darla a cauo de dos años y que no la puede dar de otra manera por los ynconvenientes que ay rrespeto de los rrezagos y que va asi la quenta corriente y que lo demas seria ynterrumpirla y que abiendo seruido bien el dicho año como lo a dicho el señor baltassar de herrera admynystrador del dicho posito que no auiendo causas que le impidan debe ser rrelegido como sus antepassados por otro año y pide y suplica a la ciudad lo mande asi guardando la costumbre porque lo demas seria perjudicar el onor del dicho joan de ayala y la mysma admynystracion y la quenta pendiente que tiene con los yndios que pagan el dicho mays.

El señor don francisco de bribiesca dixo que la costumbre y la ordenanza que en este caso se tiene es que todos los officios que ante el cabildo elije oy dos de henero despues del dia de año nueuo en conformidad de las ordenanzas desta ciudad y mandamyentos de los señores virreyes mandan que todos los officios se elijan cada año este cauildo y que los que paresciere rreelejirse se rreelijan y si no se nombren otros a todas las quales ordenanzas se rremite y que en conformydad dellas y del dicho mandamyento el officio de mayordomo de los maysses es vno de los que mas nesesidad tiene de que se elija cada año por lo qual aprieta mucho la ordenanza y porque se pueden seguir contrataciones en el alhondiga por lo qual se encarecen los maysses puede ser de mucho yncombeniente esto suplica a la ciudad que pues esta ordenanza da lugar a poder elegir de nueuoy es vtil y convinyente a esta rrepublica elija y se bote este officio como todos los demas en conformydad del mandamyento de su excelencia del señor marques de montesclaros.

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Medico para Y luego se trato de nombrar me

la carcel alonso garcia.

Sírujano diego lopes de salazar.

S obrestantes de las obras del

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Y luego se trato de nombrar al- Alguacil del

alcauala Ma

dico para la carcel y de conformy-guacil del alcauala y de conformy- theo de burbus. dad se nombro al dotor garcia.

Y sirujano a diego lopes de salasar que lo es.

Y boticarie a joan ssoriano que lo es confforme asta aqui se ha hecho.

Sobrestantes de las obras del agua

agua lamberto lamberto ximenes llauero'

gimenco.

Francisco gomes. Andres cuello. Xripstobal estoque.

dad se nombro a matheo de burbua aceto el señor alguacil mayor que dice le nombra como alguacil mayor conforme a la preminencia de su oficio.

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