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Villete sobre

ACTAS DE CABILDO

En la ciudad de mexico

a dies diass del mes de marzo de mill

y seyscientos y once años

se juntaron ante mi joan peres de rriuera scriuano publico del numero desta ciudad a hacer cauildo en la sala don garcia lopes del espinar corregidor desta ciudad don francisco de bribiesca rroldan luys pacho mexia joan de torres loranca rregido

res.

Este dia entro antonyo gonzales portero deste cauildo y certifico auer llamado a todos los caualleros rregidores que ay en esta ciudad con el billete siguiente.

Vuesa señoria se junte a cauildo pide la piedad jueves diez de marzo a las ocho oras

la limosna que

petición de si- de la mañana para uer la peticion

mon guerra.

del prior de nuestra señora de la piedad en rrazon de la limosna que pide y para uer una peticion de simon guerra en rrazon de vna paxa de agua que pide para sus casas don garcia.

Este dia se uido vna peticion del

maestro fray domingo velazques

prior del convento de nuestra Señora de la piedad ques del tenor siguiente.

El maestro fray domingo velazques prior del convento de Nuestra Señora de la Piedad questa dentro de los terminos desta ciudad digo que yo trato de traer el agua encañada del manantial y fuente questa seyscientas uaras del dicho convento de que nos hizo merced el conde de monterrey para que se traxese encañada al dicho convento para el servicio de la jente que ua a nouenas y atento a que aquella cassa es de limosna y es uien desta ciudad y la pobressa que tiene.-A vuesa señoria pido y suplico por amor de Dios se nos ayude con alguna limosna para la dicha obra que en ello rrecibire merced.

Fray domingo de velazquez.

En el cauildo de tres de mayo de mill y seyscientos y once años se uido esta peticion y se mando dar villete para el primer dia de cauildo. simon guerra.

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Auto que se se les de de li

obra á la pie

de la sissa con

el virrey.

E visto por la ciudad se acordo de conformydad. que se le den trescien- mosna para la tos pesos de oro comun de limosna dad 300 pesos para ayuda a la dicha obra los qua- que la confirme les se le den del dinero de la sissa atento a ser obra del agua con que ante todas cossas lo aprueve y confirme su excelencia del señor vissorrey marquez de salinas y con la dicha aprovacion y confirmacion se le libre en la caxa de la sissa y dinero della el contador despache la dicha libranza y no de otra manera.

y

Este dia se uido vna peticion de simon guerra con cierto decreto y parecer que lo vno y lo otro es del tenor siguiente.

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Petición de simon gu er ra en que pide una paja de agua

ACTAS DE CABILDO

Simon guerra vezino deste lugar digo que yo tengo vnas cassas prinpara su casa. cipales en la calle que va de la plaza del volador a la yglesia de las mercedes linda con cassa de pedro de molina y de la otra con cassas de los herederos de andres moreno y para el servicio de las dichas cassas tengo necesidad de vna paja de agua como la tienen los demas vezinos del rramal que passa por las dichas cassas y calle.

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En conformydad deste decreto de vuestra señoria e visto con el maestro del agua el rramal que va de la plaza del volador al monasterio de las mercedes ques de adonde pide el dicho simon guerra y siendo vuesa señoria seruido se le puede hacer de la dicha paja de agua del dicho rramal conque se le de y mida por el maestro del agua con superyntendencia del obrero mayor y se le ponga lamina y la tome del dicho rramal o caxa questa enfrente de las dichas cassas la cual meta en ellas a su costa y con que aga la obligacion de pagar lo que los demas vezinos conforme a la ordenanza fecho en mexico a doze de hebrero de mill y seyscientos y once años y la tenga encarcelada, albaro de castrillo sebastian

zamorano.

paxa de agua á

E visto por la ciudad se acordo de Mereed de una conformydad que se hacia y hizo simon guerra. merced al dicho simon guerra escriuano deste cauildo de vna paja de agua del dicho rramal que passa por delante de las dichas sus cassas la cual meta a su costa y con que se la myda el maestro del agua con yntervencion del obrero mayor della y con que aga la obligacion de pagar lo que se le rrepartiere como es costumbre y con que la tenga encarcelada todo en conformydad del dicho parecer y se le de titulo para que goze della el qual sea conforme se suele y acostumbra y con esto la tenga en la dicha su cassa y vsse della.

Este dia acordo la ciudad que por quanto a matheo de burbua que era veedor del matadero se le dio la uara de alguacil executor del alcauala y asi quedo baco el dicho officio de tal veedor del matadero conbiene se nombre persona en el mando la ciudad que se de villete para nombrar el dicho officio de veedor del matadero para el primer dia de cauildo.

Don Garcilopes del Spinar.-Ante mi Joan Perez de Rivera escriuano.

Ffee.

dor del mata

dero.

ACTAS DE CABILDO

En la ciudad de mexico

lunes catorze de marzo de mill y

seyscientos y honce años

se juntaron a cauildo don garcilopes del espinar corregidor desta ciudad francisco rrodriguez de guevara alguacil mayor don francisco de bribiesca don joan de caruajal luys pacho mexia rregidores.

Este dia entro en el cauildo antonyo gonzales portero y certifico auer llamado a cauildo con el villete que se le dio y con el auer llamado a cauildo a todos los caualleros que ay en la ciudad y el señor don francisco de trejo esta fuera y el señor don francisco de torres santaren estan fuera y el villete es el siguiente.

Villete para Vuestra señoria se junte a cauildo nombrar vee- lunes catorze de marzo a las ocho oras de la mañana para nombrar veedor del matadero en lugar de matheo de burbua y se ara con los que binyeren y para tratar del abasto de las carnecerias y vistas las diligencias hechas ordenar y resoluer lo que convenga. don garcia.

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Este dia auiendo la ciudad visto las diligencias y pregones que se an dado para el abasto de las cornecerias desta ciudad y que el tiempo esta tan adelante y que no ay postura qual convenga de conformydad se acordo quel señor albaro de castrillo admynystrador que fue el año pasado de las dichas carnecerias prosiga en la dicha admynystracion del dicho abasto previnyendose de los ganados mayores y menores que fueren menester y aciendo todas las demas prevenciones que convengan para lo qual se le da y notifica las comyciones poderes y ordenes que se le dieron el año passado segun y en la mysma que en el se contiene y declara sin lymitacion de cossas en ellas contenydas y obliga esta ciudad al cumplimyento dello segun esta obligada sus propios y rrentas auidos y por auer y esto se entienda asi mysmo prosiguiendo en el officio de thesorero del dicho abasto joan de torres montenegro con las mysmas obligaciones fianzas y salario del año passado.

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Este dia abiendo la ciudad visto las peticiones que se an dado por algunas personas en rrazon de los mill pesos que se an de dar a senso de la obra de joan cabrera oydo al señor alguacil mayor francisco rrodriguez de geuara y se acordo de conformydad que se le dan a doña francisca de godoy biuda de gregorio jorje sobre los dos pares de cassas que ofrece constando que no tienen mas senso de los tres mill pesos de principal que declara y asciendo la escriptura a consejo de los letrados y enterados de los recaudos y propiedad de la dicha cassa y esto mande que se aga el señor alguacil mayor.

Este dia se bieron tres libranzas que a librado el señor luys maldonado obrero mayor de propios a joan de ybarra maestro de obras la vna de trescientos y cincuenta pesos de oro comun por el adereso de la carneseria de santa catalina y la otra de ducientos pesos por el adereso de carneceria mayor desta ciudad y otra de cient pesos por el adereso del aposento de la carcel como en ellas se contiene librados en diego de cabrera mayordomo para que las pagase conforme a ellas el qual dize no tener dineros para ello y bisto la peticion del señor luys maldonado y la nesesidad presisa de la dicha obra y que si se dilatase causaria rruynarse de todo punto las dichas carnecerias y costaria muy gran suma de dine

ros acordo la ciudad de conformydad que el señor albaro de castrillo adminystrador de las carnecerias mande a joan de torres thesorero del dicho abasto y el dicho thesorero con tistimonyo deste auto cumpla luego las dichas tres libranzas de los dichos sseyscientos y cincuenta pesos y las pague al dicho joan de ybarra del dinero del dicho abasto atento a la necesidad presente y guardando todos los dichos rrecaudos y cartas de pago con advertencia que la dicha cantidad de los dichos seyscientos y cincuenta pesos se an de boluer a pagar al cuerpo de la dicha admynystracion de lo procedido del maravedi y quartillo de la carne questa situado para estos rreparos y obras y esto cumpla luego el dicho joan de torres montenegro y lo pague.

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