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REAL CEDULA
DE S. M.

Y SEÑORES DEL CONSEJO,
POR LA QUAL, CONFORME
al Real Decreto inserto, manda se corte
toda comunicacion, trato, ò comercio en-
tre sus Vasallos, y los Subditos
del Rey Britanico.

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*

DON CARLOS POR LA GRACIA

de Dios Rey de Castilla, de Leon, de Aragon, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Cordova, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algecira, de Gibraltar, de las Islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas, y TierraFirme del Mar Oceano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante, y Milán, Conde de Abspurg, de Flandes, Tirol, y Barcelona, Señor de Vizcaya, y de Molina, &c. A los del mi Consejo, Presidente, y Oidores de mis Audiencias, y Chancillerías, Alcaldes, Alguaciles de mi Casa y Corte, y à los Corregidores, Asisten te, Gobernadores, Alcaldes mayores, y ordinarios, asi de Realengo, como de Señorío, Abadengo, y Ordenes, y à todas las demás personas de qualquier estado, calidad, y condicion que sean de las Ciudades, Villas, y Lugares de estos mis Reynos, y Señorios, SABED: Que en veinte y uno de este mes fuí servido dirigir al mi Consejo un Decreto señalado de mi Real mano, que dice asi: A pesar de los vivos deseos que siempre he tenido Real Decreto. de conservar para mis fieles, y amados Vasallos el imponderable bien de la paz, y à pesar tambien de los extraordinarios esfuerzos que he hecho en todos tiempos, pero especialmente en las actuales criticas

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circunstancias de Europa, para conseguir objeto tan importante, llevando hasta el extremo mi moderacion, y sufrimiento: Me he visto por ultimo en la dura necesidad de mandar retirar de la Corte de Londres à mi Embajador el Marques de Almodovar, el qual deberá dejar à aquel Ministerio, una declaracion del tenor de la copia que remite al Consejo mi primer Secretario de Estado, por haver considerado que lo exigian asi mi pro prio decoro, y el honor de mi Corona:. Y asimismo, he dispuesto que se escriba à mis Embajado res, y Ministros en las demás Cortes la carta, cuya copia se envia en iguales terminos à dicho Tribu nal. Tendráse entendido en el Consejo, para ex pedir las ordenes, y avisos que corresponda, à fin de que conste à todos mis Vasallos esta mi Real de terminacion; y que se cortè toda comunicacion, trato, ò comercio entre ellos, y los subditos del Rey Britanico. En Aranjuez à veinte y uno de Junio de mil setecientos setenta y nueve. Al Go bernador del Consejo: Y las copias de la declaracion, y Carta que se expresan en el anterior De Copia de la de- creto son del tenor siguiente. Todo el mundo ha claracion que visto la generosa imparcialidad del Rey en las disAlmodovar de cordias de la Corte de Londres con sus Colonia's be entregar al Americanas, y con la Francia. Además, enterado Ministerio Britanico à su S. M. de que se deseaba su poderosa mediacion, la ofreció liberalmente, y le fue aceptada Potencias beligerantes, habiendo pasado à Puertos de España, con solo este fin, una embarcacion de guerra de parte de S. M. Britanica. Ha empleado el Rey los mas vigorosos, y eficaces oficios pará reducirlas à un acomodamiento reciprocamente

el Marques de

despedida.

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hon

honroso en las actuales desavenencias, proponiendo temperamentos prudentes que allanasen las dificultades, y evitasen las calamidades de la guerra. Por mas que las proposiciones de S. M. y particularmente las de su ultimatum, hayan sido analogas, y tan templadas como las que en otro tiempo dió à entender la misma Corte de Londres juzgaba proporcionadas para un ajuste, han sido aora rechazadas de un modo, que prueba bien el poco deseo que hay en el Gavinete Britanico de dar à la Europa la paz, y de conservar la amistad del Rey. En efecto, la conducta que ha experimentado S. M. de parte de aquel Gavinete en todo el curso de la negociacion, ha sido dilatarla con pretextos, y respuestas nada concluyentes, por mas de ocho meses de tiempo: continuandose en estos intervalos los insultos contra el Pavellon, y Bandera Española, y la violacion de los territorios del Rey, hasta unos terminos increíbles: de modo que se han hecho presas; se han reconocido, y robado Baxeles; se ha hecho fuego sobre muchos que tubieron la precision de defenderse; se han abierto, y despedazado los registros, y pliegos de la Corte en los mismos Paquebotes Correos de S. M; se ha amenazado à los Dominios de su Corona en America, llegan do hasta el horror de conspirar à las naciones de Indios llamados Chatcas, Cheraquies, y Chicatchas contra los inocentes vecinos de la Luisiana, los quales habrian sido victimas del furor de aquellos Barbaros, si los mismos Chatcas no se hubiesen arrepentido, y descubierto toda la trama de la se duccion Inglesa ; se ha usurpado la Soberanía de S. M. en la Provincia del Darien, y Costa de San

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