ADVERTENCIA. Por órden superior, y desde esta fecha, dejan de incluirse en la COLECCION LEGISLATIVA, los proyectos de ley que venian publicándose desde años anteriores. Real decreto, mandando proceder á la eleccion de un Diputado á Córtes en el distrito de Santa María de Nieva, provincia de Segovia. Habiendo acordado el Congreso en sesion del dia 3 del actual que se proceda á la eleccion parcial de un Diputado á Córtes en el distrito de Santa María de Nieva, provincia de Segovia: Vistos los artículos 76, 112 y 113 de la Ley electoral de 28 de Diciembre de 1878, Vengo en decretar lo siguiente: Artículo único. El domingo 30 del actual se procederá á la eleccion de un Diputado á Córtes en el distrito de Santa María de Nieva, provincia de Segovia. Dado en Palacio á 4 de Enero de 1881.ALFONSO.El Ministro de la Gobernacion, Francisco Romero y Robledo. |