| 1916 - 780 páginas
...Del Poder Judicial. SECCIÓN PRIMERA. De la administración de justicia en lo general. Art. 139. — La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente á los Tribunales. Art. 140. — Los Tribunales no pueden ejercer otras funciones que... | |
| 1862 - 1288 páginas
...proscribió aquella potestad. En el primero de ellos se consignó que á los tribunales tocaba esclusivamente la potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales. En el segundo se determinó que ni las Corles, ni el Rey podrían ejercer funciones judiciales, avocarse... | |
| Recaredo Fernández de Velasco Calvo - 1923 - 338 páginas
...en las Cortes con el Rey. Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey. Art. 17 La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos por la ley — — A estos elementos, cuyo recuerdo es necesario... | |
| JOSE CARRIDO Y RUIZ - 1891 - 260 páginas
...Art. 242. La potestad de aplicar las l^yes en las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente á los tribunales. Art. 243. Ni las Cortes ni el Rey podrán ejercer en ningún caso las funciones judiciales, avocar causas pendientes ni mandar abrir los juicios fenecidos.... | |
| Eduardo Soto Kloss - 1996 - 490 páginas
...ejercicio del poder ejecutivo pertenece exclusivamente al Presidente de la República (art. 15) y que "la potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales pertenece a los tribunales establecidos por la lei" (art. 16).8 Y termina el Título con el art. 17, que dice:... | |
| Gonzalo Anes Alvarez - 2006 - 306 páginas
...las Cortes con el rey, la ejecutiva al rey y confiaron a «los tribunales establecidos por la ley» la «potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales». La división de poderes, quitó a los Parlamentos franceses ya los Consejos españoles, la participación... | |
| José María Cortés Díaz - 2007 - 144 páginas
...ningún otro órgano del Estado le usurpe su labor, ello ya estaba declarado en la Constitución de 1812: «La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente a los Tribunales» (Artículo 242), formulación que se repite y concreta todavía más... | |
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