| El Salvador - 1904 - 168 páginas
...139.— Luego que se manifieste la rebelión ó sedición, la autoridad gubernativa intimará hasta dos veces á los sublevados que inmediatamente se disuelvan y retiren, dejando pasar entre .una y otra intimación el tiempo necesario para ello. No habrá necesidad de primera, ó de segunda intimación,... | |
| Spain - 1904 - 790 páginas
...los sublevados que inmediatamente se disuelvan y retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después de la segunda intimación, la Autoridad hará uso de la fuerza pública para disolverlos.... | |
| Honduras - 1906 - 156 páginas
...232.— Luego que se manifieste la rebelión ó sedición, la autoridad gubernativa intimará hasta dos veces á los sublevados que inmediatamente se disuelvan y retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después... | |
| Spain. Cortes. Congreso de los Diputados - 1907 - 896 páginas
...pnra ello. Si los sublevados no se retiraren Inmediatamente después de 1» segunda Intimación, In Autoridad hará uso de la fuerza pública para disolverlos....intimaciones se harán mandando ondear, al frente de los subler* «los la bandera nacional, si fuere de illa; y si fuere de noche, requiriendo 1» retirada... | |
| Spain - 1908 - 1116 páginas
...257 Luego que se manifieste la rebelión ó sedición, la Autoridad gubernativa intimará hasta dos veces á los sublevados que inmediatamente se disuelvan y retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después... | |
| Spain - 1908 - 624 páginas
...inmediatamente se disuelvan y retiren, de•fv.-^-ff^, -£. jando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después de la segunda intimación, la Antoridad hará uso de la fuerza pública para disolverlos.... | |
| Aquiles Vergara - 1925 - 558 páginas
...128: «Articulo 128. Luego que se manifieste la sublevación, la autoridad intimará hasta dos veces a los sublevados que inmediatamente se disuelvan y retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después... | |
| Chile - 1993 - 500 páginas
...establecen. Art. 128. Luego que se manifieste la sublevación, la autoridad intimará hasta dos veces a los sublevados que inmediatamente se disuelvan y retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después... | |
| Chile - 1995 - 422 páginas
...establecen. Artículo 128. Luego que se manifieste la sublevación, la autoridad intimará hasta dos veces a los sublevados que inmediatamente se disuelvan y retiren, dejando pasar entre una y otra intimación el tiempo necesario para ello. Si los sublevados no se retiraren inmediatamente después... | |
| Costa Rica - 1880 - 214 páginas
...establecen. ARTÍCULO 150. Luego que se manifieste la sublevacion, la autoridad intimará hasta dos veces á los sublevados que inmediatamente se disuelvan...hará uso de la fuerza pública para disolverlos. No serán necesarias, respectivamente, la primera ó la segunda intimacion, desde el momento en que... | |
| |