Art. 79. En las faltas temporales del Presidente de la República, y en la absoluta, mientras se presenta el nuevamente electo, entrará á ejercer el poder el Presidente de la Suprema Corte de Justicia. Correspondencia de la Legacion mexicana en Washington durante la ... - Página 555 por Mexico. Legación (U.S.) - 1871 - 10 páginas Vista completa -
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