| Spain - 1881 - 1606 páginas
...prueba. Juez, el Cual podrá privarle de presenciar el acto si insistiere en perturbarlo. Art. 576. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. Art. 577. No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
| Spain - 1881 - 326 páginas
...apercibido por el Juez, el cual podrá privarle de presenciar el acto si insiste en perturbarlo. Art. 576. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. Art. 577. No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
| Cuba - 1885 - 616 páginas
...por el Juez, el cual podrá privarle de presenciar el acto si insistiere en perturbarlo. Art. 575. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. Art. 576. No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
| Cuba - 1885 - 302 páginas
...por el Juez, el cual podrá privarle de presenciar el acto si insistiere en perturbarlo. Art. 575. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza sepai'ada, que se unirá después á los autos. Art. 576. No tendrán valor alguno las diligencias... | |
| Spain - 1887 - 284 páginas
...por el Juez, el cual podrá privarle de presenciar el acto si insistiere en perturbarlo. Art. 576. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada que se unirá después á los autos. Art. 577. No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
| Philippines - 1888 - 592 páginas
...por el Juez, el cual podrá privarle de presenciar el acto si insistiere en perturbarlo. ART. 559. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. ART. 560. No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
| José Robles Pozo - 1888 - 814 páginas
...expresará en cada clase de prueba. V. DEL ENJUICIAMIENTO CIVIL. — ARTS. 667 AL 677 481 .Art. 5ÍG. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. Art. &V9. No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
| José María Manresa y Navarro - 1892 - 766 páginas
...trata da las correcciones disciplinarias. Artículo 576. (Art. 575 de la ley para Cuba y Puerto-Rico.) Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. En el art. 277 ch la loy da 13,j ï к mandó también, como en... | |
| Spain - 1894 - 812 páginas
...por el Juez , el cual podrá privarle de presenciar el acto si insistiere en perturbarlo. Art. 576. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. Art. 577- No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
| Spain - 1903 - 424 páginas
...por el Juez, el cual podrá privarle de presenciar el acto si insistiere en perturbarlo. Arí . 576. Para la prueba de cada una de las partes deberá formarse pieza separada, que se unirá después á los autos. Art. 577. No tendrán valor alguno las diligencias de prueba que... | |
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