Los jueces de paz ejercerán la jurisdiccion que la ley del enjuiciamiento civil les concede en las demarcaciones en qne los alcaldes desempeñan su autoridad y atribuciones gubernativas. Art. 7.° No debiendo los tribunales ejercer otras atribuciones... Comentarios a la ley de enjuiciamiento civil - Página 328 por Vicente Hernández de la Rúa - 1856 - 360 páginas Vista completa -
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